DE JUSTICIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 336
ID: fallos_336_425
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE
LA NAQIÓN
}<'ALLO Dl~ LA COlt'l'E
SUPUElIfA
429
Buenos Aires, DicIembre
17de 1905
Vistos
para
resolver
el recurso
de
rescisión
deducido
por
el
Gobierno
de
la
provincia
de
Catamarca
contra
la
sen-
tencia
pronunéiada
en su rebeldía
en la presente
causa
se-
guida
por
don
José
Guyot
sobre
cumplimiento
de un
con-
trato
de compraventa.
y considerando:'
Que
de
autos
resulta
que
el referido
gobierno
de Cata-
marca
ha sido debidamente
emplazado
.á estar
á déecho
en
este
juicio.
Que
no habiendo
comparecido
ni
contestado
la' demanda
como
fué
ordenado
por
la' providencia
de' fs.
75,
la
que
se hizo
saber
por
intermedio
del .señor juez
federal
de
la
misma
provincia
haciéndose
la notificación
respectiva,
per-
sonalmente
al s~ñor
gobernado'r,
.fójas
76 y 77
se dió por.
decaído
el
derecho
que
había
dejado
de
usarse,
fs.
80,
abriéndosela
causa
á ¡)fueba
por
el término
de veinte días
conforme
á lo
dispuesto
en
el
auto
de
fs.
83 .
. Que este auto
se hizo saber
también
al señor
gobernador
por medio de oficio, empla~ándo:o
á la vez, nueo/amente,
pa-
ra que dentro
del. término
de quince
días,
constituyera
apó-
derado
que
representara
á la provincia
en la
causa,
fs. 92
y 94, oficio
que
se reiteró
por
iritermedio
del' mismo
señor
juez
federal
y
conforme
á
lo órdenado
á fojas
97
como
consta
de las' dÜigencias
de
fs.
98
y 99.
Que
en
este
estado
del
juicio
y por
haberse
\;encido'
el
término
del último emplazamiento,
la causa ha debido llevarse
adelante
hasta
la sentencia
que
fué pronunciad'l
;í fs.
111.