DB .LA NACION
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 336
ID: fallos_336_462
Voces / Materias
IMPUESTO
HOMICIDIO
PRESCRIPCIÓN
DELITO
EJECUCIÓN
EXTRADICIÓN
INCONSTITUCIONALIDAD
Texto del Fallo
¡ .>
1m JUSTICIA
DB .LA NACION
-lti7
..•
pena.
La
primera
empieza
á c~rrer
desde
el día
en
que se cometió
el delito,
y la segunda
desde
que se
ll1terrumpió
la' ejecución
de la pena.
Para
determinar
si se ha operado
ó no la prescripción
de una pena,
en un caso de extradición
y con arreglo
al artículo
8 del tratado
vigente
con Italia,
sería
me-
nester
considerar
al
requerido
como
penado,
y ello,
solamente
podría
verificarse
de
conformidad
con
la
sentencia
pronunciada
en
juicio
por
los
tribunales
del
país
requeriente.
Los
pedidos
de extradición
no
son sometidos
á un verdadero
juicio, sino á un simple
«procedimiento».
Pág.
412.
F
Falta de protesta-La
provincia
demandada
por
devolución
é inconstitucionalidad
de
impuesto
debe
ser
absuel-
ta.
si el actor
no prueba
que "ha formulado
protesta
en forma
contra
el pago
del impuesto
para
poder
re-
clamar
su devolución,
de conformidad
ron
la
juris-
prudencia
establecida
por la corte suprema,
Pág.
127.
G
Gastos judiciales-La
circunstancia
de que una provinch
ha-
ya sido
defendida
por
un repre3entante
letrado
cuyo
. sueldo
figura
en la ley de presupuesto.
no puede
pri-
varla
del
derecho
de
reintegrarse
los
gastos
judi-
ciales
de su defensa.
Pág-.
142.
H
Homicidio-Es
justa
la
sentencia
que
condena
á
la
pena
dei
veinte
afias
de presidio
y accesorios
legales,
al
1