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DB .LA NACION

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 336 ID: fallos_336_462

Voces / Materias

IMPUESTO HOMICIDIO PRESCRIPCIÓN DELITO EJECUCIÓN EXTRADICIÓN INCONSTITUCIONALIDAD

Texto del Fallo

¡ .> 1m JUSTICIA DB .LA NACION -lti7 ..• pena. La primera empieza á c~rrer desde el día en que se cometió el delito, y la segunda desde que se ll1terrumpió la' ejecución de la pena. Para determinar si se ha operado ó no la prescripción de una pena, en un caso de extradición y con arreglo al artículo 8 del tratado vigente con Italia, sería me- nester considerar al requerido como penado, y ello, solamente podría verificarse de conformidad con la sentencia pronunciada en juicio por los tribunales del país requeriente. Los pedidos de extradición no son sometidos á un verdadero juicio, sino á un simple «procedimiento». Pág. 412. F Falta de protesta-La provincia demandada por devolución é inconstitucionalidad de impuesto debe ser absuel- ta. si el actor no prueba que "ha formulado protesta en forma contra el pago del impuesto para poder re- clamar su devolución, de conformidad ron la juris- prudencia establecida por la corte suprema, Pág. 127. G Gastos judiciales-La circunstancia de que una provinch ha- ya sido defendida por un repre3entante letrado cuyo . sueldo figura en la ley de presupuesto. no puede pri- varla del derecho de reintegrarse los gastos judi- ciales de su defensa. Pág-. 142. H Homicidio-Es justa la sentencia que condena á la pena dei veinte afias de presidio y accesorios legales, al 1