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J)~) JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 336 ID: fallos_336_468

Voces / Materias

BANCO COMPETENCIA

Normas Citadas

ley 48

Texto del Fallo

J)~) JUSTICIA J)M LA NACION '173 e y rechazando ésta en virtud dé razones que surgen de la interpretación ae la ley especial de la materia Pág. 5. Recurso exiraordinário-Cuestionando aúte los tribunales lo. cales que el caso es d¿ la competencia de la justicia federal, y rechazada esa pretensión, procede el recurso del artículo 14, ley número 48. Pág, 21. Recurso extraordinario-Las resoluciones dictadas en apli- cacióp de dis¡josiciones del código Civil, no dan lugar al recurso del artículo 14, ley número 48 ; no hacién- dolo más procedente la invocación del artículo 18 de la constitución, cuando en los trámites del juicio se han' aplicado - disposiciones del código de, Proce- dimientos, no impugnadas como contrarias á ella. Pág. 32. Recurso extraordinario-Para interpone:' el recurso previsto en el inciso 20 del artículo 14, ley 48, es indispen- sable que en el pleito. y no después de terminado éste por sentencia de última instancia, se haya puesto en cuestión. la validez de las leyes locales como contra. rias á la constitución nacion(l1. .Pág. 85. Recurso extraordinario-Es improcedente el recurso extra- ordInario autorizado por el artículo 14 de la ley nú- mero 4:8f y el a,rtícul0 6° de la ley núme"o 4055, cuan- do la excepción de prescrip~ión discutid,1 en el jui-:io, no ha sido fundada en las leyes de liquidación del Banco Naciona!. aplicadas por la sentencia recurrid'),