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DE JUSTICIA DE LA NACION

15/07/1903 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 337 ID: fallos_337_23

Jueces

Costa

Voces / Materias

IMPUESTO

Sumario

Es improcedente un recurso deducido de hecho ante la l:;orte suprema contra una sentencia fundada en los principios de 'derecho común que rigen la prescrip- ción, en un asunto contra el fisco nacional, sobre cobro de una multa, cuando el valor cuesti9nadq sólo alcanza á. dos mil cuatrocientos treinta pesos moneda nacional. Caso: Lo explican las si'guientes piezas: INFORME DE LA CAMARA FEnERAL Suprema Corte: Informando el presente recurso de hecho, cúmpleme manis- festar á. V. E., lo. siguiente: La administración de Alc;oholes impuso por resolución de fecha 15 de julio de 1903 un[¡ multa de dos mil cuatrocientos treinta pesos moneda nacional a don José Camdessamché y otro por infracción á. la ley de impuestos, resolución que fué confirmada con costas por ei inferior, por sentencia de fecla 7 de octubre de 1904, que á su vez fué cOl1,firmada, también con costas, por la cámara por resolución de fecha 16 de marzo 'ele 1905. Vuelto este expediente al juzgado de su 'procedencia é iniciada la ejecu- ción para el cobro de la multa, el interesado, alegó la excep-

Texto del Fallo

" DE JUSTICIA DE LA NACION "CAUSA CXLIX 27 Recurso de hecho deducirlo ¡Jor José Camdessanché ('n autos contra la adminisfraei6n de aleo holes, Sumario: Es improcedente un recurso deducido de hecho ante la l:;orte suprema contra una sentencia fundada en los principios de 'derecho común que rigen la prescrip- ción, en un asunto contra el fisco nacional, sobre cobro de una multa, cuando el valor cuesti9nadq sólo alcanza á. dos mil cuatrocientos treinta pesos moneda nacional. Caso: Lo explican las si'guientes piezas: INFORME DE LA CAMARA FEnERAL Suprema Corte: Informando el presente recurso de hecho, cúmpleme manis- festar á. V. E., lo. siguiente: La administración de Alc;oholes impuso por resolución de fecha 15 de julio de 1903 un[¡ multa de dos mil cuatrocientos treinta pesos moneda nacional a don José Camdessamché y otro por infracción á. la ley de impuestos, resolución que fué confirmada con costas por ei inferior, por sentencia de fecla 7 de octubre de 1904, que á su vez fué cOl1,firmada, también con costas, por la cámara por resolución de fecha 16 de marzo 'ele 1905. Vuelto este expediente al juzgado de su 'procedencia é iniciada la ejecu- ción para el cobro de la multa, el interesado, alegó la excep-