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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 337
ID: fallos_337_26
Keywords / Subjects
QUEJA
APELACIÓN
PRESCRIPCIÓN
Ruling Text
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80
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FALLOS
DE
LA CORTE
SUPREMA
FALLO
DE
LA
CORTE
SUPREMA
Buenos Aires, Diciemhre 31 de 1908
Autos
y.vistos':
El
recurso
de
hecho
por
apelación
denegada
interpuesto
por
don
José
Camdessanché,
de sentencia
pronunciada
por
la cámara
federai de apelación
de la capital, en los autos sobre
cobro
de una
multa,
seguidos
por
la adn?-inistración
de al-
coholes.
y
considerando:
Que
aun
en
la hipótesis
de
que
el presente
recurso
pe
queja hubiera
sido deducido en tiempo, corresponde
se declare
que
la
apelación
ha
sido
bien
denegada,
pues
qu~ no en-
cuadra
en el
inciso
3.°
del
artículo
14,
ley
número
48,
como se pretende,
en razón de que no podia existir
decisión
contraria
á
up
derecho
fundado
en
la
constitución
ó ley
especial ~del
c¿ngreso,
desde
que
Ca¡;dessanché
había
fun-
dado
en el derecho
común
la prescripción
que
fué desesti-
mada;
y tampoco
es
de
aplicación
el inciso'
2. o,
artículo
3.° d,e la ley númf:ro 4055,
tratándose
de un asunto en que e.l
val9r cuestionado
solo alcanza
á dos mil cuatrocientos
treinta
pesos,
moneda
nacional.
Por
ello,
yo de conformidad
con lo expuesto
y pedido
por
el seí'íor procurador
general,
se
declara
bien
denegado
el
recurso.
Notifíquese
con el originaJ
y repuesto
el papel
archívese.
A. Bm¡~E.Jo-KICANOR
G. DEI,
SOLAR.
-
::Vr. P.
DARACT.
-C.
l\fOYANO
GACITÚA.