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No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 337 ID: fallos_337_26

Keywords / Subjects

QUEJA APELACIÓN PRESCRIPCIÓN

Ruling Text

. . ; , . 80 ". ;¡- ,"••• -" • FALLOS DE LA CORTE SUPREMA FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Diciemhre 31 de 1908 Autos y.vistos': El recurso de hecho por apelación denegada interpuesto por don José Camdessanché, de sentencia pronunciada por la cámara federai de apelación de la capital, en los autos sobre cobro de una multa, seguidos por la adn?-inistración de al- coholes. y considerando: Que aun en la hipótesis de que el presente recurso pe queja hubiera sido deducido en tiempo, corresponde se declare que la apelación ha sido bien denegada, pues qu~ no en- cuadra en el inciso 3.° del artículo 14, ley número 48, como se pretende, en razón de que no podia existir decisión contraria á up derecho fundado en la constitución ó ley especial ~del c¿ngreso, desde que Ca¡;dessanché había fun- dado en el derecho común la prescripción que fué desesti- mada; y tampoco es de aplicación el inciso' 2. o, artículo 3.° d,e la ley númf:ro 4055, tratándose de un asunto en que e.l val9r cuestionado solo alcanza á dos mil cuatrocientos treinta pesos, moneda nacional. Por ello, yo de conformidad con lo expuesto y pedido por el seí'íor procurador general, se declara bien denegado el recurso. Notifíquese con el originaJ y repuesto el papel archívese. A. Bm¡~E.Jo-KICANOR G. DEI, SOLAR. - ::Vr. P. DARACT. -C. l\fOYANO GACITÚA.