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FALLÓ DE LA CORTE SUPREMA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 337 ID: fallos_337_108

Jueces

Moyano

Voces / Materias

QUEJA

Texto del Fallo

112 FALLOS- DE LA CORTE SUPREMA FALLÓ DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires• .lo !le AhrIl de mOl! Autog y vistos, Considerando: Que la resolución de la suprema corte de justicia de la provincia de Buenos Aires, de que se apela, corriente á foja 119 de los autos iemiti~os por - vía de informe se limita á' declarar bien denegado el recurso Ilre\<isto en Jos artícu- los 382 y 383 del código de Procedimientos local. Que la interpretación y aplicación' de las leyes procesales de una provincia es ajen~ al recurso extl'aordinario previsto en el artículo 14 de la ley húmero 48, en razón de que no afecta el fondo de las instituciones federales' que éste recurso se propone garantizar. . Que á ello se agrega que la resolución apelada no es una . sentencia definitiva á -los efectos. del artículo 14 de la ley número 48, ya citada. Por ello y de conformidad con lo pedido por el señor procurador general, se declara improcedente la queja de- ducida. Notifíquese con el original y repuesto el papel, archÍvese, devolviéndose los .autos remitidos' por vía de informe con testimonio de esta resolución. A. .BERMEJO - OCTAVIO BUNOE-)1. P. DARACT -O. MOYANO GACITÚA. ,',' - "