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DE LA CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 337 ID: fallos_337_144

Keywords / Subjects

COMPETENCIA JURISDICCIÓN

Ruling Text

148 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA slon de toda otra jurisdicción, los únicos competentes. para entender en dicho juicio. inciso 1.0 artículo 34 código de Procedimientos Civiles; por estas consideraciones y de.acuer- do con 10 dispuesto en el artículo 46 del código 'de Proce- dimientos de los tribunales nacionales, aplicable al caso, de conformidad á lo dispuesto en la ley nacional de 3 de septiem- bre de 1878 y el artículo 1184 d'~l código de Procedi- mientos Civiles de la provincia; este juzgado resuelve: li- brar nota al de igual ge¡:arquía de la ciudad de San Juan, doctor Viclart ~ los fines de que se abstenga de seguir conociendo en el juicio de la referencia y remita los antecedentes del mismo á. este juzgado, á. cuyo fin agrégue- .se copia del esc:-ito ,solicitud de foja á foja, del dictimen fisca I y del presente decreto, Líbrese el oficio á los fines y con los recaudos pedidos por el fiscal al juez de paz del departamento General Roca. Nieva Granillo. AUTO DEL JUEZ DE SAN JUAN . SItU J UItU, Agosto 3 de 190!l Autos y vistos: El exhorto dirigido por el sefíor juez de La ínstancia en lo civil de la ciudad de la Rioja, doctor Abraham Nieva Granillo con fecha 10 de junio próximo pasado. promo.- viendo al infrascripto cuestión de competencia en el juicio seguido contra don Riümundo Gatica por don Ambrosio Vi- dela y don Ramón VI. Ayala por reivindicación de unos campos, y teniendo en cuenta que previo dictamen fiscal el juzogado, por decreto de 15 de julio del corriente año y