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DE LA NACíON

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 337 ID: fallos_337_281

Voces / Materias

COMPETENCIA PROPIEDAD CONTRATO

Texto del Fallo

$1-:: "; bÉ JÜSTICiA DE LA NACíON -.AUTO DEL JUEZ FEDEIl..AL DE MENDOZ.A . MeudoZR, Setiembre 1.0 de 1908 y vistos: Con presencia de' los autos número 9692, Tabanera y B:eherensen y De Lorenzi, de los cuales resulta que .10 convenido c~ntre estos últimos y él cedente de Tabanera, Solanilla, era la entrega de una propiedad que le,s fué ven- dida ,por una cantidad de la cual se abonaría el saldo res- tante, siempre que se cumpliera por el coestipulante la con- dición de bonificar los t.ítulos_ .Que la propiedad ubica en esta provincia, y si ,se estudia atentamente la ,escritura de foja 16, auto.s principales,'Ílúmero 9692, se ve que e3 una cO,n:vención que debe ser ejecutada en esta provincia, y entonces propiamente, el cobro :c1e1 saldo 'c1e precio es el cumpliÍniento de la obligación con- traic1a Iy que, en el caso, debe fijar la competencia con arreglo al principio de jurispruden~a de que el fuero del dorricilio del demandado cede al del lugar de la eje- ción del contrato. Así lo tiene declarado la suprema corte naciona! len su fallo de setiembre 17 de .1907, transcripto en el ,precedente inserto; y. la Exma. cámara federal ~e la capital cori fecha 21 de abril del corriente año,. en el caso pe Micheloni y Herrera. Por esto y los fun:lamentos invo,cados por el interesado en el escrito que precede, no obstante el dictamen fiscal, el 'Proveyente insiste en su competencia para entender en la caus2, referida. En consecuencia, hágase saber al señor juez ~equer:iente, ,á los efectos qel articulo 51 de la ley de Pro~ cedimiento federal, con testimonio del escrito de foja ,7 y