'.- ..,. .;:: .~ 't_:4:.Q:
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 337
ID: fallos_337_314
Keywords / Subjects
LA CORTE
Ruling Text
"'.-
..,.
.;::
.~ 't_:4:.Q:".'a::~,:1'C;.-.• ~9';::¡<':~; ~J~~~:.?S'*
,~~
318
FALLOS
DE
LA CORTE: SUPREMA
CA U SA XXXVI I
Sociedad
Sericícola
Argentina
contra don Filiber(o
Oliveira
César, ¡por cobro de
,pesos,
Recurso
de
hecho,
Sumario.
No procede
el ,:recurso del
artículo
14, ley
nú-
1pero 48 centra la sentencia
que declara
el caso sub iudice,
de la competencia
'de rla justicia
federal.
La
cU'esti6n de
si se ha justificado
(> no la
diversa
nacionalidad
de
las
partes" que haría procedente
,el tuero 'f.ederal por raz6n de,
la distinta
vecindad,
es .de hecho
y, por lo tanto,
ajena
al
recurso
,!extraordinario.
Caso:
La
Sociedad
Sericícola
Argentina
se
presentó
ante
la oorte suprema,
manifestando:
que
demandado
pór
ella
ante
los. tribunales
ordiriarios
de
la capital,
por
cobro
de
pes()s,
don
Filiberto
Oliveira
,César,
éste
alegó
incom-
petencia
de jurisdicción,
fundado
'en
bi distinta
vecindad
'de
las
partes;
,:que
declarada
la
'ihcompetenc'ia
por
el
juez de P
instancia,
ella apeló para
ante el superior,
sos-
.
\,
.
.
't~niendo
que 'la
<informaci6n que
acredita
la
distinta
ve-
cindad
de las partes,
sin justificar'
la nacionalidad
de las
mislIias,no
ba'staba para
declarar
la procedenciá
'del fuero
federal
toda
vez que
éste
por
razón
de la diversa
vecin-
dad; sólo comprende
á los a'rgentinos
; que el demandado,
al, oponer
la excepción,
no afirmó
y mucho
menos
probó,'.
que fuera 'argentino:
que, en segunda 'instancia
afirmó
Cl"',
te'góricamcrite,' que tanto
ella como el se,ñor' Oliveií:'a César
eran extranjeros,
y ¡por lo tanto,' que no procedía
el fuero
federal,
no
obstante
lo
cual
la, cámara
confirmó
la
sen-
tencie'
del. ,inferior,