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DE JUSTICIA

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 337 ID: fallos_337_381

Keywords / Subjects

BANCO COMPETENCIA APELACIÓN

Cited Norms

ley 2428

Ruling Text

:;:: .. DE JUSTICIA DE LA NACION 385 suma de dinero', le sigue á dicha corporación el Banco Hipotecario Nacional; debo á V. E. manifestar lo siguiente: La devolución demandada por el banco, provenía de un pag-o por afirmados que consideraba no le correspondía. 'Entablada la demanda ante el juez federal, y tramita.do el juicio eon las forma- lidades de la ley, fué, condenada la municipalidad; sentencia que fué apelada por ante' este tribunÍll. Al expresar agravios el repre- sentanlre de la municipalidad, alegó incompetencia fundándose en el artículo 111 inciso, 1°. de la ley orgánica de los trib~nales de 'in capital, haciendo l~otar que en el eaJ50presente, se discutía' la apli- c-acióIJ.de la ley 2428 y sus correlativas Nos. 2328 y 4173 teniendo todas ellas por objeto la pavimentación del municipio. Esta cámara, al conf1nnar la sentencia del' inferior, no hiz~ lugar á la incompetencia alegada, por considerar que el Banco Hi- potecario que demanda á la municipalidad, es una institución na- cional, que tiene por ministerio de la ley él fuero federal, ya sen. como demandante ó demandada, según se desprende de lo pres- cripta en el artículo 100 de la constitución y del hecho permanente de que en tal fuero se hayan sust:;¡nciado siempre los asuntos de los dos bancos del estado. Interpuesto recurso de apelación para "ante V. E. fué dene- gado por considerar el tribunal que el presente caso no se encuentra comprendido entre los determinados, por la ley núm: 4155 y su (:orrelativa núm. 48 de 1863. Es ¡manto tengo que informar á V. E. á quien Dios g'ual'de.- DICTAMEN DEL SR. PROCURADOR GENERAL Buenos Aires, junio 3 de 1909. Suprema Corte: El recurso interpues(o' pára ante V. E. es improcedente, no estando amparado po.r ningnno de los incisos del arto 14 de la ley I