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No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 337 ID: fallos_337_424

Judges

Costa

Keywords / Subjects

CONTRIBUCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD

Ruling Text

';.l.l:;. _ •• " ~ . /" :.; 423 FALl.OS DE J,A CORTE SUPREMA el actor Bosch vivía en ese inmueble :í título de inquilino, y que, como nadie puede cambiar ni por sí mismo ni por el transcurso del tiempo la causa de su posesión, no ha podido adquirir lo que pre- tende, haciendo notar que las mismas pruebas producidas en el inter" dicto expresado con las que ha producido en el presente y que los ¡'('cibos de la contribución territorial así comó los otorgados por obre- 1"OS qne t~'abajaron en las construcciones levantadas en el terreno, Ir. flléron otorgadas como simple intermediario de la señora. María de Panl, como consta en el expediente acompañado. Después de otras consideraciones aducidas para demostrar que el adoi: no es propietario del terreno ¡{i de las construcciones, las ruales pertenecen á lla¡ persona que fué puesta en posesión por el gobierno, termina picliendo el rechazo de la demanda, con csp,~~ial ronde'nación en costas, con lo que se dió por terminada la audiencia, haciéndose en ella el llamamiento de antos. y considerando: Que de las pruebas 'producidas resulta debidamente acreditado que, con antel'iorida.dá la. época en que inició el presente juicio, ó :::ea en veinte y nueve de diciembre ,de 'mil novecientos cuatro, el actor dedujo una l'demanda, por inconstitucionalidad" ante la ;:"pl'e- )]]a corte de justicia de la provincia c<;Jntra.él gobierno de la misma.' Que en esa demanda, c!espllés de relacionarse los 'antecedentes de su, posesión en el inmuehle de que se trata, á contar de"]" el año 1886, con las construcciones levantadas en él, así como el despojo, en la misl~'a forma qne lo ha hecho' en esta. causa, el actor ter- mina pidiendo que se le mande reponer en lo que es suyo, volvien- do las cosas al estado que tenían y que se condene al gobierno, si resultase haberse realizado por su orden los hechos expresados, por lo ~ne se llevó á r.abo sn despojo, en las costas, daños y per- ,inicios cansados. ~ Qne hecha saber esta demanda. al poder ejecutivo, se ha trami .. tuda con intervención del asesor del gobierno hasta quedar en estado dr. pi'peba en que fué puesta por el auto de fs_ 46. vta., con fecha :t