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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 337 ID: fallos_337_435

Jueces

Costa

Voces / Materias

JURISDICCIÓN

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA.NACION 439 Por estos fundamentos y. de confonllid~d' con lo expuesb 'Ype- dido por el señor procurador general en su vista precedente, '",~('011- .firma.con costas la senteilcia apelada corriente á fs. 76 vt~. Notl- fíquese con el original y devuélva}1se A. BERMEJO.~OCTAVIO BU~GE: -NICANOR G. DEL SOLAR.-' M. P.DARACT.' CAUSA El gouerntúJ,o'/" de la. provincia de San Juan e1.t quéja cont.ra el ,juez de sección de la misma Suma1'io: La corte suprema c!lrece de jurisdicción para SO!J(,~Ol¡ar conflictos entre los gobernadores. de. proviücia y los' jue(l!'s fe- derales, su.•.,citados con motivo. de diligencias judiciales ordena.- das por estos últimos para ser cuJilplidas por oficinas locales y que .aquellos l'esi"ten por considerar q'ue con tales diligencias se. afecta. á 'la autonomía provincial. Gaso: Lo explican .las piezas' siguientes. . nÍ)n . • t ,i . NOTA DEL. SR. GOBERNADOR.J?ELA PROVINCIA DE ,SAN JUAN Sal] Juan. Junio .26 de 1909 A la süprema corte de justicia. nacionál. Capital Federal. Exmo. Señor: Por los motivos que infol'llJ:;t.el decreto de la fecba,' que en copia. autorizada acompaño, vese este gobierllo en el 'caso de ocurrir