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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 337 ID: fallos_337_453

Jueces

Moyano Domínguez

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACION 457 de oi')'as personas, según resulta de la declaración de Albedo 1\1:ár- quez Ratier, que dice que era vecino snyo (f: 3). G.O Que de la: conducta observaba por', l\iar.í:'l '])olll'ínguez se o \ deduce, ló¡ócamente, que ella no sólo ten.ía conocimiento de lo. que Rodríguez hacía con :~US Jiijos, sino que prestaba su conséntimiento, ' no oponiéndose en forma alguna á que les diera 'muerte; lo que en el caso importa la cooperación, prevista eo, el art, 21 inc"..2 de~ código. penal. í." Qúe la pena impuesta á Juan Ro~rígi.lez y María DomÍn- guez, eesla que cOl:responde con aTr~glo á l~ 'dispuesto :en el inc. 1.0 ...•del cap. 1,°, al't~ 1í, de la ley número 41S9, habiéndose tenido pre- sente 1)01' la cámal'a de apelaciones 'la circunstancia ate1111~nteque fija el inciso S, arto S3, del código pe;lal respecto de R,odríg-ue~y las que á su juicio obran en favor de Mal'Ía DomÍnguez. . Por estos Íllndamentos y. de conformidad con lo pedido por' el señol' procurado,r general se confirma, con cost~s, la s~ntencia ape- lada corriente á fojas 195; notifÍquese con el original y devuélva'se, A. BERMEJO.-OCTAVIO aUNGE. -NICANOR G. DEL SOLAR.- M. P. DARACT.-C. ,MOYANO GACITÚA. , ,