DE JUSTICIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 337
ID: fallos_337_466
Voces / Materias
PROPIEDAD
HOMICIDIO
JURISDICCIÓN
DELITO
Texto del Fallo
,--=.
DE JUSTICIA
DE lA
N1.ClO);
471
que dicho ferrocarril
tuviera
la propiedad,
en el sentido
en ql~e
la considera
el Código
Civil, del terreno
ocupado
por
las vías
entre..ja
antigua
estación
Central
y Retiro.
Pág.
390.
Ferrocarriles.-
Vfase
"Papel
gellado".
G
Gestionlls aáminist,'ativa,s. -
Véase "Prórroga
de jurisdicción".
H
Habilitación
de ptle'rtos.-La
facultad
de habilitar
puertos
sólo im-
porta
el permiso
de cargar
y descargar
mercaderías,
embarcar
y desembarcar
pasajeros.
Pág.
179.
llo7llicidio.--,-,Es jnsta
la sentencia
que condena
á la pena
de quince
años de presidio
y accesorio"
legale.s al autor
de un homicidio
perpetrado
con la circunstancia
atenuante
de no haber 'tenido
la. intención
de causal' todo
el mal producido.
Pá'g. 113.
1{o7llicidio.-]!:,s justa
la sentencia
que condena á quince años de pr6-
•
'sidio
y accesorios
legales
al autor
de un homicidio,
habiendo
mediado
en el er.,'o la circnnstancia
atenuante
de la beodez.
Página
2fi3.
Homicidio.-Es
justa
la sentencia
que condena á la pena de doce a~os
de presidio
y accesorios
legales,
al autor
de un homicidio
sim-
ple ocnrrido
á raíz de un cambio de palabras
entre
victimario
y
la. víctima,
y
hallándose
el
reo
en estado
de embriaguez.
Página
278,
llomicidio.-Es
justa.
la sentencia
que
condena. á la
pena
de doce
años de presidio
y accesorios
legales
al autor
del delito
de ho-
micidio
simple,
perpetrado
con la circunstancia
atenuante
de
embriaguez
parcial.
Pág.
4:33.