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DE LA CORTE SUPRE?>fA

19/06/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 338 ID: fallos_338_64

Judges

Ramos

Keywords / Subjects

RECURSO EXTRAORDINARIO COMPETENCIA JURISDICCIÓN DELITO

Ruling Text

68. FALLOS DE LA CORTE SUPRE?>fA Bajo tal concepto esta contienda de jurisdicción que se trae a V. E. debe. dirimirse declaralldo que co- rresponde seguir conociendo en la causa a la justicia ordinaria de La Plata. Bs. Aires, mayo 29 de 1946. - Juan Alvarez. FALLO DE LA CORTE SUPREMA Bs. Aires, 19 de junio de 1946. Autos y vistos: Considerando: Que, en lo referente a la competencia, el caso de autos es análogo al que el Tribunal.resolvió por fallo publicado en el t. 136, pág. 206, de la respectiva colec- ción, en el cual se imputaba a un conscripto la comisión de los delitos de disparo de armas y lesiones contra un sarge~to del Ejército fuera de servicio. y en lugar no sometido a la jurisdicción militar. Por ello y lo dictaminado por el Sr. Procurador ,General,. declárase que corresponde al Sr. Juez en lo .Crim. y Corr-eccional del Depto. de la Capital, Prov: de Bs. Aires, conocer en la causa promovida contra Domingo Sanfilippo 'y Fredy Héctor Madrid a que se refieren los expedientes remitidos, que deberán serIe enviados, haciéndose conoc~r esta resolución al Sr. Juez de Instrucción Militar en la forma de estilo .. B. A. NAZAR ANCRORENA - F. RAMOS ME.rÍA -'T. D.CASARES. JULIO L. GARCIA v. DOMINGO NICORA RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formoles. Interposición del recurso. Término. Es extemporáneo el recurso extraordinario interpuesto el