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DE JUSTICIA

19/06/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_71

Voces / Materias

IMPUESTO PENSIÓN PRESCRIPCIÓN SEGURO RECURSO EXTRAORDINARIO INCONSTITUCIONALIDAD

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN .RAUL C.. BARON BIZA 75 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión {ede- . ralo Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de .normas y actos nacionales. No debiendo necesariamente concluirse que la sentencia que se limita a rechazar l!l-prescripción de la acción penal por entender que, conforme a lo resuelto por la Corte Su- prema en Fallos: 199, 617, el curso de la prescripción se suspende por la paralización de la causa resuelta por apli- cación del arto 38 del Cód. de Proceds. Crim., importa de-_ clarar la inconstitucionalidad del arto 67 del Cód. Penal, puesto que cabe la posibilidad de que el tribunal apelado haya interpretado esta disposic~ónen el sentido de que no se opone a la suspensión de la prescripción de la acción en las causas en que un obstáculo legal las paralice, co- rresponde declarar improcedente el recurso extraordinario fundado en que se ha invalidado el citado arto 67 del .Cód. Penal (1). THE LONPON AND LANCASHIRE INSURANCE Co. LTD. RECURSO EXTRAORDINARIO:. Requisitos propios., Cuesti6n fe- deraL C¡wstiones federales simples. Interpretaci6n de las leyes fede- rales. La circu~stancia de que la sentencia apelada exima de toda penalidad al contribuyente por considerar que la infracci6n cometida por él.sólo se ha debido a ~n error excusable, no obsta a la procedencia del recurso extraordinario fundado por el ap9derado fi~cal en que, según la interpretación que atribuye el arto 28 del texto ordenado de laS leyes de im- puestos internos, basta la eXistencia de la infracción para que proceda aplicar la pena prevista en el mencionado art.ículo. . IMPUESTOS INTERNOS: Seguros. La circupstancia de que de buena fe y por un error excu- sable la compañía que contrató un seguro cubriendo di-. nero en tránsito hasta cubrir una suma determinada por (1) ,19 de junio de 1946.