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Recurso de hecho deo,ucidopor Impuestos Internos en los autos The London Lancashire Ca. Ltd. c. Impuestos Internos Sumario 4496-1-1943

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_75

Keywords / Subjects

QUEJA IMPUESTO

Ruling Text

DE .n¡STICIA DE LA NACIÓN FALLO DE LA CORTE SUPREMA 79 Bs. Aires, junio 19.de 1946. y vista la precedente queja caratulada "Recurso de hecho deo,ucidopor Impuestos Internos en los autos The London Lancashire Ca. Ltd. c. Impuestos Internos Sumario 4496-1-1943" para decidir sobre su 'pro'ce- dencia. ' y considerando: Que la circunstancia de qu~ la sentencia apelada de fs. 92 de los autos principales aduzca fundamental:! de hecho en apoyo de la conclusi6n a gue llega, no es óbice para que interprete el arto 37 de la ley ,3764,-28 del T. 0.- Que en efecto tanto la resolución administrativa cuanto la defensa del fisco en el expediente judicial han sostenido que las sanciones del citado artículo son aplicables aun en caso de ausencia de propósitos dolo- sos, bastando al efecto la existencia de la infracción, conforme a 'la doctrina de esta Cor.te que cita el Sr. Procurador del Tesoro, fs. 40, al dictamen del cual se remite el Min. de Hacienda, fs. 41, cuya decisi6n a su , vez invoca la defensa, 72. Que admitida como lo ha s,ido la existencia de-in- fracción -la sentencia de fs. 92 decide de~anera irre- visible que hubo incumplimiento de la ley por error excusable- es fuera de duda, por haberse absuelto al contribuyente, que se ha dado al r~ferido arto 37 un alcance más restringido que el sustentado por la admi- nistración a saber, de que la sola infracción no autoriza, al tenor del mismo, la iplposición de pena. Que tratándose de la inteligencia de una ley. fede-