DE LA NACIÓN
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 338
ID: fallos_338_81
Jueces
Ocampo
Voces / Materias
JURISDICCIÓN
Normas Citadas
ley 1893
ley 48
Texto del Fallo
. DE. JUS'rlCIA
DE LA NACIÓN
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.proceso. Y en lo que respecta al lugar .del hecho, debe
admitirse
que está sometido a 1á jurisdicción
federal,
conforme a 10' dispuesto
en el arto 104 de la ley 1893
sobre organiz~éión de los tribunales
de la Capital.
Además, .el control y las medidas
de vigilancia
y .
seguridad
a .que están sometidos los establecimientos
penales de la Nación corresponden a las autoridades
fe-
derales, sin perjuicio de recibirse en ellos 'a procesados
de la justicia ordinaria.
Cabe asimilar, siiJ.esfuerzo, la
Alcaidía. del Palacio de Justicia
a uno de los preindica-
dos establecimientos.
Procede,
pues, declarar
que debe' conocer 'en el
$umario la justicia
federal. -
Bs. Aires, junio 15 de
.1946. -
Juan Alvarez.
FALLO
DE LA CORTE
SUPREMA
Bs. Aires, junio 21 de 1946.
y vista la precedente
causa caratulada
"Germen
Alberto, suicidio"
para
decidir la cuestión de <}.ompe-
tencia negativa planteada en la misma entre el Sr. Juez
de Instrucción de la Capital, Dr. Narciso E. Ocampo, y
el Sr. Juez Federal
de Sección en lo Criminal, Dr. Ho-
racio Fox.
y considerando:
Que a los efectos del arto 39, inc. 49, de la ley 48 y
23, inc. 49 del Cód. de Proceds. Crim. de la Capital, la
jurisprudencia
ha distinguido en el Palacio de Justicia,
los lugares
ocupados por las dependencias
de los tri-
bunales locales de la Capital, del resto del edificio, en
que tienen su asiento los tribunales
federales,
o que
está sujeto a la autoridad
del Presidente
de esta .corte,