Singer
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 338
ID: fallos_338_99
Judges
Costa
Keywords / Subjects
COMPETENCIA
DAÑOS Y PERJUICIOS
Ruling Text
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
103
"Singer" _porparte del demandado, ya sea sola o acompañada
de otros vocablos y con prescindencia del tamaño en que se la
emplea, es susceptible de inducir al público en confusión acer-
ca de la casa cuyos servicios de reparaciones se ofrecen, aparte
de que constituye un ataque al derecho al nombre del que es
titular la actora.
Además, la jurisprudencia
de los tribunales federales se
ha orientado en el sentido de que la ley tiene como fundamento
primordial la buena fe entre los comerciantes y ha querido
evitar que uno de ellos se beneficie con el trabajo, publicidad
y propaganda realizado por el otro, lo que sería una forma
de competencia desleal (Rev. de P. y M., 1944, p. 126).
En mérito de lo expuesto, se modifica la sentencia apela-
da y, en consecuencia, se hace lugar en todas sus partes a la
demanda instaurada
por "The
Singer Manufaturing
Co. y
otra c. J. R. O1guin e hijos o La MaquinerÍa O1guin o etc.,
sobre cesación de avisos e indemnización", con las costas de
ambas instancias a cargo de la demandada. -
Carlos a,el Cam.
pillo. -
Juan A. e'onzález CaUerÓ1'/..
..
DICTAMEN
DEL PROCURADOR
GENERAL
Suprema Corte:
Ante la justicia federal de esta ciudad, The Singer
Machine Manufacturing
Co., titular
de la marca Sin-
ger,' inició demanda contra los señores J. H. Olguin
e hijos a fin de que se les condenara a abstenerse de
utilizar dicha marca en anuncios, avisos o propagan-
das, y al pago de daños y perjuicios, reclamo este últi-
mo del que desistió la actora más tarde (fs. 50 y 142).
Previos los trámites de práctica, ese litigio ha termina-
do por fallo de la Cám. Fed., que hace lugar a la con-
dena solicitada, aunque limitándola
a prohibir
a los
'demandados el uso de la marca Singer como tal marca
o como nombre comercial (f8. 240). Contra tal fallo se
trae ahora recllrso extraordinario;
CÚIDplemeobservar en primer térInino, que el dis-