-Doctrina de Fallos: 181,236-. Es deoir, el derecho a percibir los haberes correspon- dientes, cuyo cobro prescribe a los cinco años -Fallos: 173, 289; 179, 305; 190, 546; 195, 488 entre otro
20/10/1931
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 338
ID: fallos_338_203
Ruling Text
208
FALLOS
DE LA CORTE SUPREMA
siderandos que anteceden, los únicos derechos que asis-
tían a Roca Wright legalmente, serían los provenientes
de su condición de empleado subsistente durante el lap-
so corrido entre el decreto de fecha 20 de octubre de
1931 y el de 11 de agosto de 1932, siempre que no hu-
biera sido reemplazado con anterioridad
en su cargo, lo
que no consta en autos -Doctrina
de Fallos: 181,236-.
Es deoir, el derecho a percibir los haberes correspon-
dientes, cuyo cobro prescribe a los cinco años -Fallos:
173, 289; 179, 305; 190, 546; 195, 488 entre otros.
Que este plazo ha transcurrido
con exceso desde la
fecha en que Roca Wright cesó en el desempeño de sus
funciones y antes de la iniciación de la demanda -Fa-
llos: 179, 305.
Que no es aplicable al caso lo dispuestq en el arto
4030 "iIn fine", del Cód. Civ. porque no cabe entre los
supuestos que el precepto contempla la inexistencia del
acto lesivo del derecho invocado por el actor -Fallos:
103,155.
Que en cuanto a la imposibilidad de demandar en
que Roca Wright pudo encontrarse,
a causa del desco-
nocimiento de las deficiencias que atribuye
al decreto
de 20 de octubre de 1931, debe observarse que de sus
propias manifestaciones
se desprende que tuvo noticia
de las mismas en 11 de febrero
de 1942 -escrito
de
fs. 43 del expte. agregado-o
La presente causa fué ini-
ciada en 30 de noviembre del mismo año, más de nueve
meses después de la primetá
fecha, no habiéndose así
llenado el requisito final que prevé el arto 3980del código
citado -Fallos:
103, 155;
SALVAT,
Obligaciones,
pág.
865, 3$ ed.
\
En su mérito se confirma la sentencia apelada de