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DE JUSTICIA

28/07/1937 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 338 ID: fallos_338_226

Keywords / Subjects

EJECUCIÓN CONTRATO DAÑOS Y PERJUICIOS

Ruling Text

• DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 231 \ te un informe de la Dir. de Arquitectura aceptado por la Nación que, calculado el tiempo correspondiente y las obras complementarias ordenadas por el P. E. con poste- rioridad al contrato, sin haber fijado la correspondiente prórroga del plazo no obstante lo pedido por la empresa, y descontado del empleado hasta entonces en la construc- ción, resta un tiempo inferior al estipulado como máximo, corresponde reconocer el derecho del contratista a cobrar el premio de referencia, cuyo monto debe Ser establecido mediante la multiplicación de la suma diaria convenida por el número de días del adelanto. SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL Bs. Aires, setiembre 22 de 1943. y vistos: Para resolver en definitiva este juicio seguido por D. Juan Andrés García Mansilla contra la Nación por co- bro de pesos en concepto de daños y perjuicios; y resultando: Que el actor manifiesta que el 28 de julio de 1937 firmó contrato con la Dir. Gral. de Arquitectura, aprobado luego por el P. E. por decreto del 7 de agosto del mismo año, para la construcción del Pabellón "Las Provincias", anexo al Hos- pital Tornú de la ciudad de Bs. Aires. La obra fué contratada por ajuste ~lzado, en .la suma de $ 938.450,27 m/n. y para ser terminad,a en 18 meses. Se dió comienzo a la ejecución de los trabajos el 28 de agosto de 1937 y se entregó la obra ejecutada el 28 de setiem~ bre de 1939. El atraso se debió a huelgas y a otras causas imputables al Estado en su carácter de contratista, como por ejemplo, errores, omisiones y demoras en la entrega de los planos y modificaciones y ampliaciones en la obra, circunstancias todas éstas, que explica detalladamente en su demanda. Los trabajos adicionales que, con motivo de las modifica- ciones a la construcción se vió obligado a realizar fueron com- prendidos, después de mucho tiempo, en un presupuesto de mayor gasto preparado por la Dir. Gral de Arquitectura. Al . prestar su aprobación al mismo solicit.ó para su ejecución una prórroga de ciento noventa y cinco días el plazo contractual. El presupuesto fué aprobado por el P. E. cinco meses después, el 24 de agosto de 1939, sin pronunciarse sobre el pedido de