CORTE SUPREMA
05/06/1939
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 338
ID: fallos_338_227
Judges
Gustavo Garaba
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
232
FALLOS. DE LA
CORTE SUPREMA
ampliación del plazo contractual, contrariamente
a su obliga-
ción.
Pero la Dir. Gral. de Arquitectura
sin esperar la forma-
lización del contrato que se realizó el 28 de setiembre de 1939,
dió la orden de comienzo de algunos de los trabajos antes de
su aprobación por el P. E. Y la Empresa cumplió la orden, a
pesar del riesgo que por ese hecho corría.
Como el P. E. no había resuelto, como se ha dicho, el pe-
dido de prórroga, solicitó con fecha 5 de junio de 1939 que se
le reconociera la suma de $ 32.000 m/n., en concepto de indem-
nización por perjuicios.
Después de varias actuaciones e informes, la Dir. Gral.
de Arquitectura
nombró una comisión que hi~o un estudio
inmediato y que llegó a la conclusión de que aplicando el arto 7Q
del pliego de condiciones, se le debía reconocer la suma de
$ 24.000. De ello se notificó de conformidad el 11 de agosto
de 1939.
Elevadas las actuaciones a la superioridad
el P. E., no
hizo lugar a lo que había solicitado por. decreto del 1Q de di-
ciembre de 1939.
Estima que de no haber mediado la acción perturbaoora
del Estado, hubiera dado fin a las obras sesenta días antes de
la expiración del plazo contractual y de acuerdo al arto 2 del
contrato, le hubiera correspondido una bonificación de pesos
24.000 m/n.
Funda su derecho en lo establecido en el contrato a que
se ha hecho referencia y en los arts. 1197, 1198, 519, 520 Y
concordantes del Cód. Civ., y en mérito de todo lo expuesto,
solicita se condene a la Nación a pagarle la suma de veinti-
cuatro mil pesos m/n. con intereses y costas.
Que el Sr. Proc. Fiscal Dr. Gustavo GarabaUo, al con-
testar
la demanda
y después de negar todos los hechos en
cuanto no resultan expresamente reconocidos, dice que es exact.o
que por contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y el
actor, éste tomó a su cargo ra construcción de un pabellón para
el Centro de Investigación Tisiológica, en el Hospital Tornú,
en los términos y condiciones de que instruye el referido ins-
trumento
cuya .copia corre agregada al expediente adminis-
trativo
acompañado. Por ese contrato, el pabellón debía ser
entregado totalmente terminado y en condiciones de ser habi-
litado, en el plazo de 18 meses, a contar desde la fecha de
iniciación de los trabajos.
Los detalles y demás condiciones
complementarias del contrato relacionados con la obra a cons-