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DE. JUSTICIA

21/05/1939 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 338 ID: fallos_338_236

Texto del Fallo

DE. JUSTICIA DE LA NACIÓN 241 ••¡ por ambas partes contra la sentencia dictada a fs. 80 por la Cám. Fed. d€ la Capital. . Considerando: Que una puntualización -sólo esquemática, porque la sentencia del Juez de la causa es minuciosa y preci- sa- de las alternativas de la obra pública de que se trata, de las estipulacion€s contractuales en tela de jui- cio, y de la actitud de la Nación demandada con mo- tivo de dichas alternativas favorecerá la determinación de la materia litigiosa. La actora se comprometió a eje- cutar la construcción en el plazo de 18 mes€s; conVÍno- se en que cada día de retardo autorizaría a imponer una multa de $ 400, Y cada día de adelanto daría a la actora derecho a un premio del mismo importe, y se estableció, por fin, qU€el encomendarse trabajos extra- ordinarios importantes que hayan acarreado notable pérdida de tiempo, la demora en la entrega de detalles y causas fortuitas evidentes, como huelgas, etc., justifi- carían una prórroga del plazo €stipulado, debiendo. ser resuelto por el P. E. todo pedido del constructor en ese sentido. Hubieron dos pedidos de prórroga resueltos favorablemente por €l P. E. a consecuencia d€ ello que- d6 fijado como fecha de entrega el 21 de mayo de 1939. Pero mientras tanto se dispusieron modificaciones y ampliaciones por valor de más de $ 200.000.-. PU€sto que la oqra había sido contratada por $ 938.450,27 el costo de las ampliaciones comparado con el de la cons- trucción original demuestra por sí solo su importan- cia. Esto motivó a la. actora a hacer dos pedidos de prórroga, uno de 90 días el 9 de marzo de 1939 y otro de 195 días el 3 de abril del mismo año. Sobre ninguno de los dos hubo pronunciamiento del P. E. La obra se