esos autos que los tuviera en algUna otra institución de di- cha provincia.
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 338
ID: fallos_338_279
Voces / Materias
BANCO
SUCESIÓN
JURISDICCIÓN
Texto del Fallo
284
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
de los Bancos Hipotecarios Nacional y de la Nación
Argentina de la Prov. de Salta, y no resulta de "esos
autos que los tuviera en algUna otra institución de di-
cha provincia.
"
Que las declaraciones prestadas
en el "expediente
tramitado ante el Sr. Juez de P instancia en lo Civil
y Comercial de Tucumán por los testigos Molina, her-
mano de la causante
(fs. 21 y vta.), Palacio
(fs. 18
vta.), :M:aciel(fs. 19), Robles (fs. 19 vta.) y Cuestas
(fs. 20) todos ellos vecinos de Tucumán, y Viñabal, a
cuyo cargo estaba el cuidado y la admilpstración de
los muebles y semovientes existentes en el inmueble
s,ituado en el Partido El Jardín
del Departamento La
Candelaria, Juárez (fs. 15 y 17), Cardozo (fs. 15 vta.),
Villarreal (fs. 16 vta.) vecinos de El Jardín, los cuales
expresan tener conocimiento de los hechos por d~clara-
ciones hechas a ellos por la causante, ponen de mani-
fiesto que ya viuda y desde 1935 hasta el día de su
fallecimiento ocurrido en 1938, aquélla fué a vivir a la
casa que había sidó de su madre en San José de Flores,
lugar donde había vivido con anterioridad
a su Casa-
miento y donde estaba radicada su famili6, desde el
cual viajaba periómcame:p.tea Salta para fiscalizar el
manejo de sus intereses por J ovino Viñabal.
Que esta última circunstancia impide reconocer a
la existencia de los muebles detallados a fs. 64 del ex-
pediente tramitado
en Salta el significado y alcance
que le atribuye el Juez de dicha provincia en su resolu-
ción de fs. 134.
Que según la jurisprudencia
de esta Corte Supre-
ma (Fallos: 138, 144 y los allí citados) la jurisdicción
sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar
del último domicilio del ;causante, aunque tuviera en
otro lugar su establecimiento de campo o sus bienes raí-