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esos autos que los tuviera en algUna otra institución de di- cha provincia.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 338 ID: fallos_338_279

Voces / Materias

BANCO SUCESIÓN JURISDICCIÓN

Texto del Fallo

284 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA de los Bancos Hipotecarios Nacional y de la Nación Argentina de la Prov. de Salta, y no resulta de "esos autos que los tuviera en algUna otra institución de di- cha provincia. " Que las declaraciones prestadas en el "expediente tramitado ante el Sr. Juez de P instancia en lo Civil y Comercial de Tucumán por los testigos Molina, her- mano de la causante (fs. 21 y vta.), Palacio (fs. 18 vta.), :M:aciel(fs. 19), Robles (fs. 19 vta.) y Cuestas (fs. 20) todos ellos vecinos de Tucumán, y Viñabal, a cuyo cargo estaba el cuidado y la admilpstración de los muebles y semovientes existentes en el inmueble s,ituado en el Partido El Jardín del Departamento La Candelaria, Juárez (fs. 15 y 17), Cardozo (fs. 15 vta.), Villarreal (fs. 16 vta.) vecinos de El Jardín, los cuales expresan tener conocimiento de los hechos por d~clara- ciones hechas a ellos por la causante, ponen de mani- fiesto que ya viuda y desde 1935 hasta el día de su fallecimiento ocurrido en 1938, aquélla fué a vivir a la casa que había sidó de su madre en San José de Flores, lugar donde había vivido con anterioridad a su Casa- miento y donde estaba radicada su famili6, desde el cual viajaba periómcame:p.tea Salta para fiscalizar el manejo de sus intereses por J ovino Viñabal. Que esta última circunstancia impide reconocer a la existencia de los muebles detallados a fs. 64 del ex- pediente tramitado en Salta el significado y alcance que le atribuye el Juez de dicha provincia en su resolu- ción de fs. 134. Que según la jurisprudencia de esta Corte Supre- ma (Fallos: 138, 144 y los allí citados) la jurisdicción sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar del último domicilio del ;causante, aunque tuviera en otro lugar su establecimiento de campo o sus bienes raí-