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19/07/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_289

Jueces

González Costa

Voces / Materias

ADUANA PROPIEDAD VOTO

Normas Citadas

ley 48

Texto del Fallo

294 ..• li ..•., .~- ...;;. FALLOS DE LA CORTE SUPREMA • i ¡ ..•.-.- .•.- .;.,--.~;..._-_.:.,"","''''''''''''''''",--,- aprehensor. - C&WS He,"rera. - Carlos del Campillo (con su voto). - R. Vil'latrP,alacio. - J. A. González Calderón (con su voto). - Alf0111S0E. Pocard. , . Voto de los Dres. Carlos del Carnp~lld.y J. ..4.. GonrzálezCalderón , Considerando: Que la sentencia apelada de £s. 109 resuelve esta ~ausa aplicando debidamente a los hechos que la constituyen el de-o recho que corresponde. Confírmase, pues, por sus fundamentos dicha senten<;lia de fs. 109, también con las costas de esta instancia. - Carlos del Campillo. - J. ..4.. González CaJderó't. FALLO DE LA CORTE SUPREM:.A Es. Aires, 19 de julio de 1946. y vistos: Los autos "Guedes y Mieulet - .Adua- na-2-L-1943" venidos de la Cám. Fed. de la Capital, por vía del recurso' extraordinario, y Considerando: Que el recurrente funda el recurso federal en la clrcunstáncia de haberse violado en el caso el derecho de propiedad garantizado por el arto 17 de la Consto Nacignal, por aplicación retroactiva de las disposicio- nes de la ley nQ 12.345.En tales condiciones, la cuestión planteada difiere de la resuelta por el Tribunal in re "C. l. M. l. C. (Soc. de Resp. Ltda.) Aduana-200-A" en 9 de novi~mbre del año 1945, porque en el presente aparece comprometida la interpretación a atribuirse a disposiciones contenidas en leyes nacionales, por lo que el recurso federal es procedente -arto 14, inc. 3(>, de la ley 48-. (