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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_306

Voces / Materias

RECURSO EXTRAORDINARIO ADUANA APELACIÓN RESPONSABILIDAD

Normas Citadas

ley 12.578 ley 12.345

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 311 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos com?tnes. Gravamen. Es improcedente el recurso extraordinario contra la sen- tencia respecto de la cual ha sido bien concedido el recurso ordinario de apelación. ADUANA: Importación. Libre de derechos. Papel. La guía ,cuyo objtto es la publicidad comercial pagada por los avisadores, que contiene una información sobre los teléfonos de una ciudad o radio y otras de utilidad práctica, editada por una empresa ajena al servicio tele- fónico, es una publicación de carácter comercial para la imp~esión de la cual no puede emplearse papel introdu- cidocon franquicia, según lo dispuesto por el arto 48 de la ley 12.578, vigente en la fecha en que comenzaron a realizarse los actos conducentes a la impresión de la gUla, aunque su incorporación al texto ordenado de la ley de Aduana (art. 69) se haya efectuado después. ADU ANA: Infracción. Alteración del' destino. Cometen la infracción sancionada por el arto 36 de la ley 12.345 (74 del texto ordenado de la ley de Aduana) con multa de veinte a veinte mil pesos, el editor de una gU1a de carácter comercial impresa en papel introducido con franquicia y los introd~ctores que se lo t.ransfirieron. ADUANA: Penalidades. Ni el' error de d,erechoacerca de la ley vigente ni' el de hecho relativo a la naturaleza de la publicación eximen de responsabilidad al editor de una guía de carácter co- mercial impresa en papel introducido con franquicia y a los introductores que .se lo transfirieron, si .bien deben determinar una fuerte disminución del' monto de la pena aplicable. CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Igualdad. La diversa interpretación de una ley por las autoridadeg encargadas de aplicarla y aun por la misma en decisiones sucesivas no afecta el principio de la igualdad.