tapa frente
31/01/1941
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 338
ID: fallos_338_310
Voces / Materias
SEGURO
PENSIÓN
ADUANA
Normas Citadas
ley 12.578
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
315
excluídas del beneficio por la ley. Publica los teléfonos
de Rosario
YI distritos
de campaña vinculados a esta
ciudad en secciones alfabéticas clasificadas por nombres,
, gremios y calles, contiene, además, direcciones útiles y
'algunos datos de utilidad general, pero todo ello es so-
bre]a base de una p~blicidad comercial profusa de dis-
tinto tipo, cuyo precio. va desde tres mil pesos en la
" tapa frente",
cuando es en dos colores, en escala des-
cendente hasta los más modestos de quince o veinte
pesos, según se ve en la tarifa publicada en la página
380 de la edición de 1942. Es por ello que puede decir
la editora a manera de prólogo, en la misma edición:
"Estamos
seguros de haber cumplido los compromisos
contraídos con nuestros avisadores y alentamos el fir-
me propósito de continuar en nuestro afán de hacer de
esta publicación la guía indispensable en todos los ho-
gares y oficinas".
Es, pues, indudable que Pomponio
y Cía. se propone como fin la publicidad comercial pa-
gada por los avisadores, y para darle amplitud a esa
publi~idad, ayudar la difusión de la guía y darle interés
se le agrega la información sobre teléfonos y otr.os co-
nocimientos de utilidad práctica. Es cierto que el texto
ordenado de la ley y' del decreto reglamentario' fué
aprobado por decreto del 31 de enero de 1941 y que
posteriormente,
por decreto del 24 de. setiembre del
mismo año se dispuso: "Art.
1<>A partir del 1
Q de ene-
ro próximo, las Aduanas y Receptorías de la República,
adoptarán el texto ordenado de las disposiciones legales
y reglamentarias
de Índole aduanera,
aprobadas
por
decreto número 83.708 (núm. 18), de fecha 31 de enero
ppdo.", pello ni de los términos transcriptos
surge la
suspensión de la vigencia de la ley 12.578, sancionada
como se ha dicho, el 26 de enero de.1939, ni el P. E.
hubiera podido .ordenar
esa suspensIón por decreto,