← Back to results

DE JUSTICIA

31/07/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_334

Keywords / Subjects

ADUANA IMPUESTO PRESCRIPCIÓN

Cited Norms

ley 12.345 ley 11.683 ley 11.683

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 339 la de una multa menor la pena de cOIIlisoimpuesta por la .Aduana a una empresa que importó libre de derechos y bajo el régimen del arto 33 de la ley 12.345 maquinarias para f~bricar papel con materia prima de producción na- cional, y que con posterioridad utilizó también algunoo ele- mentos de origen ,extranjero (l). S. A. CÍA. GRAL.DE INDUSTRIAS Y TRANSPORTES v. DIRECCION GENERAL DEL IMPUESTO A LOS' REDITOS PRESCRIPCION: Tiempo de la P'1'6scripción.Leyes especta'es. Im- puesto a los réditos. La prescripción bienal establecida por el arto 24 de la ley 11.683 (t. o.) para los casos de pllgo por error, o 8ea el que se ha hecho sin que mediara disposición que estable- ciera la obligación de hacerlo, no rige los supuestos pre- vistos en el arto 41 de dicha ley de demandas contenciosas sobre repetición del impuesto a los réditos pagado sin causa, o sea cuando existía la obligación de pagar aun cuando ella resultara de una disposición o resolución contraria a las leyes, caso en el cual debe aplicarse la prescripción decenal. PRESCRIPCION: Tiempo de la prescripción. Leyes especiales, Im- puesto a los réditos. El decreto nQ 30.141/44 no es aclaratorio smo modifica- torio del arto 24 de la ley nQ 11.683 (t. o.) y no es aplicable a los juicios iniciados con anterioridad a la fecha de su sanción. IMPUESTO A LOS REDITOS: Procedimiento y reCU1'SOS. Procede prescindir de la exigencia del reclamo administra- tivo impuesto por el arto 41 de la ley 11.683 (t. '0.) si en la contestación a la demanda, en vez de formular oposi- ción formal a la prosecución del juicio haciendo de ello (1) 31 de julio de 1946. Fallos: 191, 331; 197, 266.