← Back to results

DE JUSTICIADE LA NACIÓN

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 338 ID: fallos_338_353

Keywords / Subjects

COMPETENCIA JURISDICCIÓN DELITO

Cited Norms

ley 4055

Ruling Text

DE JUSTICIADE LA NACIÓN 359 I \I 61') Que no afectando el delito de autos el orden ni la soberanía nacional, ni estando afectado ninguno de los poderes públicos federales ni haberse cometido en lugares de jurisdic- eión de los mismos; corresponde entender al juez del crimen de Rosario Tala. Por lo expuesto, y de conformidad con lo interesado por el próc. fiscal; resuelvo: . 11') Decretar la incompetencia del juzgado federal a mi . <largopara entender en, autos. 21') Devolver las actuaciones, a sus efectos, con atenta nota al Sr. juez del crimen del Depto. Rosario Tala, quien deberá proseguir actuando; previniéndole de que en caso de mantener su incompetencia, tenga por trabada cuestión nega- tiva de competencia y se sirva elevar los autos a conocimiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su superior resolución, según lo prescribe el art.43, inc. 31', del Cód. proc. Crim. - Abel MadJ:Lriaga. DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL Suprema Corte: A raíz de haberse denunciado la sustracción de ci~nto cincuenta metros de alambre al servicio de línea .del telégrafo de la Prov. de Entre Ríos, las autorida- des policiales de Rosario Tala -lugar del hecho- ins- truyeron el correspondiente sumario, el que a sus efec- tos fué elevado a la justicia del crimen local. Mas tanto ésta, como la de sección correspondiente, a la que fue- ran luego remitidas las actuaciones, conceptúan no ser de su competencia el conocimiento de la causa (fs. 23 vta., 29 y 34). Ha quedado así trabada una contienda negativa de jurisdicción que a V. E. corresponde diri- mir (art. 9 de la ley 4055). De los informes remitidos por la repartición pro- vincial damnificada (f8. 20 Y 22) surge claramente que no existe conexión entre sus líneas y otras pertenecien- tes a la Nación o a países extranjeros;' y el hecho de