Mrican Reefer
29/09/1939
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 338
ID: fallos_338_384
Judges
Ramos
Keywords / Subjects
BANCO
Ruling Text
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390
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
justificado ese pago, por lo que, frente a la expresa negativa
de la demandada, no puede computarse ese importe de 13.265,55
florines en el precio de compra abonado por el actor.
n.
Con respecto a los pagos efectuados, se hace necesario
determinar la forma y época en que se hicieron, como así tamo
bién el tipo de cambio a que se realizó cada una de esas ope-
raciones.
De lo informado a fu. 297 por el Banco Holandés Unido,
resulta que Kloosterboer giró el 29 de septiembre de 1939 la
suma de 61.707,50florines, importe de las partidas traídas por
el vapor "Mrican
Reefer". -
No expresa el Banco en su informe cuál ha- sido el- tipo
de cambio a qúé se hizo la operación ni éste surge tampoco de
la respectiva documentación de Control de Cambios, que obra
de fs. 392 a 395. Pretende el actor en su alegato, que el cambio
oficial era en esa fecha de $ 225,40 m/n. por cien florines,
pero ello no resulta de la planilla de cotizaciones enviada por
el Banco Central y que corre a fs. 224. En efecto. Según esa
planilla, el precio de los 100 florines en el mercado oficial era
de $ 198,62m/n. tomando como base $; 15 m/n. por libra ester-
lina y $ 225,10 m/n. tomando como base $ 17 m/n. por libra.
Cuál de esas dos cotizaciones es la que rigió la operación en
examen es cosa que no resulta de autos, en cuyas constancias
no encuentra el proveyente elementos que permitan decidir y
es de hacer notar que se trata
de una cuestión importante
pues, según haya sido una u otra, el precio. de la bolsa ha
resultado de $ 4,96 m/n. o bien de $ 5,62 m/n. como pre-
tende el actor. La diferencia, en el total de esa partida, excede
así los $ 16.000 m/n.
Si por otra parte, pretendemos deducir el precio unitario
por bolsa, prescindiendo de la cotización del cambio y limitán-
donos a la simple operación de dividir los $ 150.000m/n. de-
positados por el a.ctor -en el Banco para pagar los giros, por
las 24.683 bolsas, nos encontramos con que ese precio unitario
sería de $ 6,07 m/n., es decir, superior al pretendido por el
mismo actor, lo que nos demuestra que no se ajusta a la rea-
lidad.
Con respecto a los giros efectuados por intermedio del
Banco de Londres y América del Sud, se expresa en el informe
de fs. 298, que se hicieron con fechas 5 y 13 de oct.ubre de
1939, al cambio de 227,25 y 226, respectivamente. Ninguno
de esos tipos de cambio coincide con los que consigna el Banco
Central en su planilla de fs. 225 para las fechas expresl!-da<;