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DE LA COR'í'E SUPREMA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 338 ID: fallos_338_412

Voces / Materias

QUEJA COMPETENCIA REVISIÓN APELACIÓN

Normas Citadas

ley 11.729 decreto 33.302

Texto del Fallo

418 ;.: FALLaS DE LA COR'í'E SUPREMA Que en la especie la i'eéurrente ha tenido oportu- nidad de cuestionar la validez del decreto 33.302, ante la Delegación Regional de la Secretaría de Trabajo y Previsión en Resistencia donde tramita el procedimien- to. Fué citada, en efecto -fs. 3- con copia de la rBcla- mación de Rodríguez; concurrió a la audiencia de fs. 5; se le intimó al pago de lo reclamado, fs. 6, 7 Y 9; y por último, presentó a fs. 10 un escrito, limitándose a ex- presar haber cumplido con la ley 11.729.' Que no cabría así invocar la falta de audiencia para eludir la aplicación de la jurisprudencia mencio- 'nada más arriba, ni tampoco los precedentes que tratan de la decisión sorpresiva de cuestiones federales. En su mérito y por los fundamentos del dictamen del Sr. Proc. General, se desestima la queja. B. A. NAZAR ANCHORENA - F. HAMOS MEJÍA - T. D. CA- SARES. S, A. LUTZ FERRANDO y CIA. JURlSDICCION y COMPETENCIA: Competencia, federal. Causas penqles. Casos varios. ,La circunstancia de que la resolución que impone' multa por infracción a las leyes del trabajo emane de la Dele- .gación Regional de la Secretaría de Trabajo y Previsión, .no excluye necesariamente la posibilidad de que sea recu- rrible ante los tribunales locales de justicia, como para las decisiones del Dpto. Provincial del Trabajo lo dispo- ,nía el arto 9Q de la nQ 2437 de la Prov. de Santa Fe, que debe considerarse subsistente por no haber 'sido derogada expresa ni tácitamente por el decreto nQ 15.074/43 del P. E. NacioJ;lal;por lo que compete a los tribunales pro- 'vÍllciales y no a la justicia federal conocer por vía de .apelación contra dicha resolución.