DE JUSTICIA
14/03/1934
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_425
Jueces
Costa
Voces / Materias
QUEJA
IMPUESTO
DELITO
Normas Citadas
ley 3764
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
431'
el tribunal con fecha 14 de marzo de 1934 en la causa seguida
contra Arturo
Acosta y otros, por contrabando, en la que
se declaró que "sería
contrario a elementales principios de
moral y de justicia, admitir que el denunciantepudiúa
bene-
ficiarse con su propio delito y por ello la part.e que le hubiera
correspondido en el comiso, debe ser adjudicada al Fisco, a
quien intentó perjudicar"
(C, S., 171: 47).
Por estos fundamentos, y los contenidos en la resolución
d(l Impuestos Internos de fs. 205, se revoca la sentencia apeo
lada de fs. 289, que absuelve al denunciado Marino Cabeza,
quedando firme la resolución administrativa
de Is, 205, en
cuanto impone al.nombrado una multa equivalente al décuplo
del impuesto omitido (arL 27 del T. O. y 36 de la ley 3764),
con las costas de ambas ipstancias; y' con la expresa declara-
ción de que el denunciante, Raimundo Casielles, está inhibido
de percibir parte alguna de la muita a aplicarse que deberá
ingresar en su integridad a las arcas fiscales. -
Alfonso
E.
Pocc(JIJ'd.-
Carlos del Campillo. -
J. A. Goneález Calderón.
-
Carlos Herrera.
DICTAMEN
j)EL
PROCURADOR
GENERAL
Suprema Corte:
Considero que el caso sub judice
es equiparable
al resuelto por V. E. en 198: 183, y allí la Corte abrió
el recurso. Aplicando tal jurisprude¡lCia, procedería
abrirlo también ahora; aparte
de invocarse asimismo
por el recurrente haber sido condonada la multa mate-
ria de su reclamo. -;-Bs.
Aires, agosto 10 de 1946. _
Juan Alvarez.
FALLO
DE LA ,CORTE SUPREMA.
Bs. Aires, agosto 19 de 1946.
y vista la precedente queja caratulada
"Recurso
de hecho deducido en los autos Cabeza Marino, suma-