a los mismos efectos que se establecen en el arto 8 de ~ la ley 5315
No date
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_462
Keywords / Subjects
TASA
IMPUESTO
CONTRIBUCIÓN
INCONSTITUCIONALIDAD
Cited Norms
ley 6757
ley 3896.
ley 5315
ley 10.657
Ruling Text
468
FALLOS
DE LA CORTE SUPREMA
ella se establece en la ley 6757, cuyo arto 18 como antes
se dice, es reproducción textual del arto 8 de la ley 3896.
Dicha contribución por el mismo monto y que se paga
"a los mismos efectos que se establecen en el arto 8 de
~ la ley 5315" ha de tener, pues, la misma consecuencia
de extender a los ferrocarriles
del Estado los benefi-
. cios de la exención de impuestos y tasas referidos en .
esta última y en la ley 10.657, que la modificó, al ex-
tender el concepto del impuesto, no solamente a los im-
puestos propiamente. dichos sino también a las tasas,
contribuciones o retribuciones
de servicios, cualquiera
sea su denominación, con las excepciones que ésta men-
ciona en los arts. 1 y 2. Entre las indicadas en 'el arto 2
no se comprenden las nuevas tasas y retribuciones de
servicios que se creen en el futuro a condición" de que
su monto sea susceptible de medida y equivalga a la
compensación exacta del servicio", condición que no se
cumple por la forma en que se la cobra en la tasa rela-
tiva a la extracción de basuras y otras semejantes a
ésta, como lo tiene declarado esta Corte en reiterados
fallos (183, 181 y 452; 184, 477; 189, 81 y 170; 196, 157
entre otros) en los ,que se estudia la exención impositiva
de que gozan los ferrocarriles
particulares
que se' aco-
gieron a la ley 5315, y en la cual hállanse implícita-
mente comprendidos los ferrocarriles
del Estado
en
virtud de su idéntica c0ntribución.
3.
Que la impugnación de inconstitucionalidad
he-
cha en la cop.testación, referente a la exención imposi-
tiva de los ferrocarriles
invocada .en la demanda, y
que el representante
de la Municip. de San Juan reitera
en su memoria de fs. 113 al sostener
que ella "sólo
comprende los bienes y operaciones a.irectamente vincu-
lados a su tráfico principal
que es el transporte
de
personas y mercaderías",
ha sido ya estudiada
y re-
J