DE LA CORTE SUPREMA
06/04/1942
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 338
ID: fallos_338_478
Keywords / Subjects
SOCIEDAD
Ruling Text
484
FALLOS
DE LA CORTE SUPREMA
manda por los pagos que por ig~al concepto acreditare
. haber realizado hasta la fecha de la sentencia.
~
Exponiendo los hechos en que funda la acción ma-
nifiesta:
que su mandante
es una sociedad anónima
con personería jurídica otorgada por el Gobierno de la
Nación, que .tiene el asiento de sus negocios en la Cap;
Federal y se dedica especialmente a la explotación del
comercio de agricultura
y ganadería y posee bienes en
la Prov. de Córdoba en los cuales se inverna
y cría
ganado
que, posteriormente
y mediante
operaciOlIles
.que se contratan
en la Cap. Federal, es vendido a los
frigoríficos o en el Mercado de Liniers.
En circunstan-
cias en que el encargado de uno de los campos ubicado
en estaciones Jovita y Salas, cumplía órdenes impar-
tidas desde la Cap. Federal para el embarque de gana-
do vendido anteriormente
en la misma con destino al
Frigorífico
Anglo S. A. como comprador, en un caso,
y a los Sres. Gibson Hnos. como consignatarios,
en
otro, se le previno que debía pagar antes por cada no-
villo $ 0,40 m/n. mediante estampillas fiscales que de-
bían ser adheridas al certificado gilía de campaña, en
cumplimiento de las. disposiciones impugnadas que gra-
van las "transacciones
de ganado",
y que en caso de
no hacerlo, no podría trasladar
el ganado pues no se
. le entregarían los certificados correspondientes.
La ac-
tora se vió, así, obligada a pagar el gravamen, si bien
lo hizo bajo las protestas
que constan en los telegra-
mas colacionados dirigidos el 6 de marzo y el 6 de abril
de 1942 al Gobernador de la Provincia,
cuyos textos
transcribe.
Aclara que el segundo telegrama fué hecho
ante el temor de haber omitido en el primero algún re-
quisito necesario para
la validez de la protesta.
Re-
fiérese luego a los certificados guías de los que surgen
varios de los pagos realizados, pues los demás se ha-