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transferencia

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_480

Keywords / Subjects

IMPUESTO PROPIEDAD JURISDICCIÓN

Cited Norms

ley 3951

Ruling Text

486 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA ganado dentro o para fuera de la Provincia, está obli- gada a munirse de uno de los siguientes documentos: a) Cuando no mediare "transferencia": "declaración jurada de tránsito" al que no se aplica impuesto; b) Cuando mediare "transferencia"; "certificado-guía de campa1ia" que no se expide sin el previo pago del se- llado de la ley 3951". Según la aetora la distinción obedece al propósito. de eludir las sanciones de incons- titucionalidad que recayeron sobre otras leyes provin- ciales análogas. Parecería, prosigue, que mediante la exoneración de gravamen a los ganados que, sin ser objeto de transferencia de propiedad, sean traslada-' dos fuera de la jurisdicción provincial, ya que sólo se lo hace recaer sobre los que son objeto de transfe- rencia, se salva la objeción de que el impuesto grava la extracción, pero de la aplicación de las disposicio- nes legales a los hechos, se .deduce que en la práctica los principios constitucionales son igualmente vulne- rados. Afirma, por otra parte, que los incs. a), 'b) y e) del arto 49 % en cuanto eximen a los menores pro- pietarios o arrendatarios del pago del impuesto son violatorios der arto 16 de la Consto Naciana!. Refié- rese luego a la trascendencia económica del gravamen, dado que el animal cambia varias veces' de dueño antes de completar el engorde y estar listo para la venta a los frigoríficos o en los mercados, y señala la defectuo. sa tecnología de la ley en cuanto se refiere a las "transacciones" de ganado cuando en realidad ha que- rido gravar todo "trato, convenio o negocio", para concluir afirmando que aun cuando el impuesto fuera considerado constitucional, procedería su devolución con respecto a los vacurlos destinados a Gibson Hnos. "en consignación", porque los arts. 4 y 6 del decreto reglamentario respectivamente circunscriben la apliea-