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DE JUS'1'ICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_481

Voces / Materias

IMPUESTO CONTRATO EJECUCIÓN

Texto del Fallo

DE JUS'1'ICIA DE LA NACIÓN 487 ,•.. ción del gravamen a las compraventas y a las transfe- rencias. Invoca en apoyo de la tesis sobre la inconsti- tucionalidad del impuesto mencionado los arts. 9, 10 y 11 de la ConstoNacional y la jurisprudencia de la Cor- te Suprema que invalidó los gravámenes que con los nombres de marchamo, guía, de tablada, a la produc- ción, a la industria, y otros intentaron gravar la extrac- ción de ganados del territorio de las provincias, a cuyo efecto cita y transcribe algunos párrafos de los fallos publicados en los t. 103, 297; 127, 383; 128, 374; 139, 373. Agrega que la doctrina de los mismos es aplica- ble al caso de autos aunque el legislador haya estable- cido que los ganados que sean transportados f~era de la provincia sin constituir el objeto de una transacción no pagarán impuesto, a cuyo efecto el dueño deberá munirse de la declaración jurada prevista en el arto 6 del decreto reglamentario, porque también es inconsti- tucional cobrar gravamen por hacienda negociada fue- ra de la provincia. El principio según el cual las pro- . vincÍas tienen facultad para gravar con impuestos los actos de comercio interno es extraño al presente caso, desde que las operaciones hanse realizado mediante ofertas que el representante de la actora hizo al Fri- gorífico Anglo en la Cap. Federal, formalizándose en ésta un contrato de compraventa por el éual el vende- dor. se obliga a entregar al comprador, en el Dock Sud, un determinado número de novillos a un precio que se paga también en Es. Aires, que es el lugar tanto de la celebración. como de la ejecución del contrato, cir- cunstancias éstas que también concurren en cuanto a las consignaciones a Gibson Hnos. Ya. se considere, pues, que el impuesto cuestionado grava la extracción del ganado de Córdoba, ya la negociación de que dicho ganado es obj,eto, en ambos casos aquél es inconstitu-