FAL"LOS DE LA CORTE SUPREMA
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 338
ID: fallos_338_494
Jueces
Sagarna
Ramos
Costa
Voces / Materias
COSA JUZGADA
BANCO
IMPUESTO
Normas Citadas
ley 3951
Texto del Fallo
500
FAL"LOS DE LA CORTE SUPREMA
•
lo que atañe al impuesto de pesos doscientos veintiuno
con sesenta centavos moneda nacional cobrado a la ae-
tora en virtud del arto 49 % de la ley 3951, que en su
apllcación al caso de autos se declara inconstitucional,
y se condena a la provincia de Córdoba a pagar a la
aetora la expresada suma d~ntio del plazo de veinte
días, con intereses desde la notificación de la demanda,
al tipo de los que cobra el Banco de la Nación"Argenti-
na. Las costas se abonarán en el orden causado, atento
el resultado del pleito.
ANTONIq
SAGARNA -
B. A. NAZAR
ANCHaREN A -
F. RAMOS ME-
JÍA -
T. D. CASARES (en. disi-
dencia).
DISIDENCIA DEL SR. MINISTRO DR. DON TOMÁS D.
CASARES
Considerando: .
"
Que rechazada la demanda anterior
de"la misma
aetora contra la misma demandada por una parte de los
mismos pagos de que se trata en ésta hay, sin duda, en
cuanto a -esaparte de la actual, cosa.juzgada. El habér-
sela rechazado porque no se acreditó. el debido cumpli-
miento del requisito de la protesta no modifica la con-
c1usió"n.Admitir ia posibilidad de un nuevo"juicio para
probaren
él lo que, respecto a la protesta, no se probó
en el anterior, importaría
desconocer el efecto esencial
de la cosa juzgada que es el de poner término definitiva~
mente a la demanda sentenciada. Que la sentencia la re-
chace por razones de fondo, por deficiencia de prueba,
por incumplimiento de requisitos formales o por falta
'de prueba respecto a dicho cumplimiento, la consecuen-