DE JUSTICIA
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_501
Keywords / Subjects
IMPUESTO
CONTRATO
JURISDICCIÓN
EJECUCIÓN
Ruling Text
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DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
507
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el traslado no se efectúa en ejecución de una transfe-
rencia preconvenida, no se le cobra (art. 6Q del decreto
reglamentario).
La circunstancia
de que la hacienda
deba ser entregada
al comprador fuera del territorio
provincial y trasladada
hasta el lugar de la entrega
por cuenta y riesgo del vendedor es sólo una modali-
dad de la ejecución del contrato, que no puede prevale"
cer, en la determinación de la potestad fiscal de la pro-
vincia, sobre el hecho primario
de que las haciendas
fueron objeto de una compraventa mientras se hallaban
en jurisdicción de ella. El arbitrio de quienes realizan
el negocio gravado, en libertad como se hallan de con-
certarlo donde les plazca, no debe prevalecer, en punto
a jurisdicción fiscal, sobre la ~ealidad económica que
da al tributo razón de ser, realidad constituída por la
existencia de una riqueza precisamente situada en los
límites de una jurisdicción y por el hecho de realizarse
un negocio con ella mientras está situada allí. A todo
lo cual débese agregar que el impuesto no recae sobre
el contrato de compraventa en cuanto tal, sino sobre el
hecho de negociarse haciendas existentes en la provin-
cia, como resulta de que consiste en un tanto fijo por
cada cabeza vendida, con prescindencia del precio con-
venido en el contrato. Razón de más por la cual la fa-
. cultad impositiva provincial no ha de juzgarse en fun-
ción del lugar de celebración y ejecución final del con-
trato. Al mismo tiempo esta caracte:rística del gravamen
contribuye a demostrar que no incide de ningún modo
sobre la circulación, ni tiene un subrepticio alcance que
trascienda los límites de la provincia.
Que como se observó en el considerando 4Q, lo re-
lativo al impuesto pagado por las haciendas enviadas
en consignación a la firma Gibson Hnos. debe tratarse
aparte. El impuesto no tiene aquí como razón de ser la