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DE JUSTICIA

04/09/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 338 ID: fallos_338_538

Keywords / Subjects

COMPETENCIA DELITO

Ruling Text

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 545 ( I !I j legislador ni a que se adelanten los procedimientos en los respectivos juicios mientras no se dicte orden de. arresto o prisión (1). NOTICIAS GRAFICAS CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Facul- tades del Poder Judicial. No incumbe al Poder Judicial examinar de oficio la cons- titucionalidad de las leyes y de~retos. . . JURISDICCION y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Generalidades. Entre los casos exceptuados por" el derecho público inter- no, a que se refiere el arto 25, inc. 19, del Cód. de. Proc. Crim., no están comprendidos únicamente los enumerados en el arto 23 del mismo código, sin~ también los referentes a delitos comunes contra o por funcionarios federales, caráct.er que debe reconocerse a las autoridades de la N'ación que, si bien han de cumplir funciones propias en la capital, éstas no constituyen lo específico y exclusivo de sus atribuciones sino sólo una faz de ellas. JURISDICCION y COMPETENCIA: Competencia federal. Ca~(,Sas penales. Delitos que obstruyen el normal funcionamiento de las ins- tituciones nacionales. Corresponde a la justicia federal conocer en la causa so- bre desacato al jefe de la policía federal, pues aunque dicho delito hubiere sido cometido con motivo de su ac- tuación como jefe de la policía de la capital, es siempre un funcionario del gobierno federal y tiene una jerarquía que aun en los casos de su actuación local trasciende de esta última, a diferencia de lo que sucede con los intC'- grantes del personal subalterno que presta servicios en la capital. (1) 4 de septiembre de 1946. Fallos: 185, 360; 190, 397.