DE JUSTICIA DE LA NACI6N
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_602
Judges
Sagarna
Ramos
Keywords / Subjects
RECURSO EXTRAORDINARIO
VOTO
Cited Norms
decreto 543
Ruling Text
DE JUSTICIA DE LA NACI6N
609
..
objeción constitucional aludida pues el hecho es poste-
rior a la vigencia del decreto.
Por tanto y de acuerdo con lo dictaminado por el
Sr. Procurador
General se declara improcedente el re~
curso extraordinario
concedido a fs. 56.
ANTONIO
SAGARNA -
B. A. NA-
ZAR ANCHORENA (según 'su vo_'
. to) -
F. RAMos
MEJÍA
(según
su voto)
-
T.D.
CASAR.ES.
VOTO DE LOS 'SRES. MINISTROS DR.. D. B. A.
NAZAR
ANCHÓRENA y D. FRANCISCO RAMos
MEJÍA
Considerando:
Que el recurso extraordinario
interpuesto
a fs. 53
fúndase en qlle la actuación del tribunal de disciplina,
.que pronunció la sentencia apelada de fs. 43, actuación
determinada por el régimen de agremiación obligatoria
que impone el decreto 543 de la intervención federal
en la prov. de Bs. Aires, viola la lib~;rtad de trabajar,
reconocida por el arto 14 de la Constitución, el régimen
republicano, puesto que la existencia del tribunal pro-
viene de un acto ejecutivo cuando sólo su creación legis-
lativa hubiera sido v¡ilida, y consiguientemente el arto 18
de la Constitución ya que es~ orig{3nhace de él. una
de;las comisiones especiales prohibidas en el precepto
constitucional citado; a todo lo.cual se agrega que tam-
, bién viola el arto 67, inc. 11, porque el alcance de las
atribuciones acordadas al colegio y' a su tribunal de dis-
ciplina invaden materia propia de la legislación nacio-
nal. Y en cuanto a la decisión del caso sería violatoria
del arto 18 porque impone 1lna.sanción d;ecarácter penal