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Importación.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 338 ID: fallos_338_658

Voces / Materias

SEGURO APELACIÓN ADUANA

Normas Citadas

ley 12.578 ley 12.345

Texto del Fallo

•. ADUAN.A. ADUANA (1) . Importación. Aforo. 1. El valor de una mercadería en depósito no aforada, in- troducida bajo el régimen de los derechos ad-valorem no es el valor real, de intercambio comercial en el país en él mo- ménto de ser aquella retirada con ese objeto, sino el que re- sulfe de s:umar al precio de costo de la misma en el puerto de procedencia calculado de acuerdo al tipo de cambio con que . se lo pagó, el monto de los fletes, seguros, y demás -gastos hasta su entrada a depósito: p. 318.. 2. El arto '47 de la ley 12.578 no significa que en la deter- minación de la calidad de los vidrios planos influya exclusi- vamente el espesor de los mismos: p. 323. Libre de derechos. Establecimientos que elabor(JJT¡,materia prima. naciona-l. 3. Con arreglo al arto 33 de la ley 12.345, no están exentos de derechos de aduana la fibra o pasta de madera, el sulfato de aluminio, el azogue, la resina, el talcp y las maquinarias importadas poi' una empresa para elaborar celulosa de ma- dera con el fin de fabricar papel de distinta calidad que el que produce con el empleo de la celulosa obtenida de la paja de trigo del país: p. 338. Pap.l!l. 4. La guía cuyo objeto es la publicidad comercial pagada por los avisadores, que contiene una información sobre los teléfonos de una ciudad o radio y otras de utilidad práctica, editada por una empresa ajena al servicio telefónico, es una publicación de carácter comercial para la impresión de la cual no puede emplearse papel introducido con franquicia, según lo dispuesto por el arto 48 de la ley 12.578,vigente en la fecha en que comenzaron a realizarse los actos conducentes a la impresión de la guía, aunque su incorporación al texto ordenado de la ley de Aduana (art. 6<»se haya efectuado después: p. 310. (1) Ver también: Rec1!-rsoeXtraordinario, 13,51; Recurso ordinario de apelación, 3.