Dirección --que supone una amplia verificación de libros, docu-
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_683
Voces / Materias
IMPUESTO
Normas Citadas
ley 11.683
ley 11.719
ley 3764
Texto del Fallo
IMPUESTOS
INTERNOS
691
I
Dirección --que supone una amplia verificación de libros, docu-
mentos y comprobantes-
en virtud de la cual el Fisco se ha
acreditado el impuesto que debía abonar el contribuyente: p. 31.
8.
Al contribuyente que impugna las liquidaciones hechas con
la intervención dElun inspector de la Dir. del Imp. a los Ré-
ditos corresponde probar fehacientemente los errores que les
.atribuye: p. 31.
.
9.
No procede solicitar judicialmente a la Dir. Gral. del Imp.
a los Réditos, la autenticación de una declaración jurada
etl
que ,se menciona a la esposa del contribuyente -con
quien se
encuentra en pleit.ó- y a terceras personas en calidad de em-
pleadores: p. 160.
10. 'Procede prescindir de la exigencia del reclamo adminis-
trativo impuesto por el arto 41, de la ley 11.683 Ct. o.) si en
la cimtestación a la demanda, en vez de formular oposición for-
mal a la prosecución del juicio haciendo de' ello cuestión de
previo pronunciamiento, el representante fiscal se limitó a se-
ñalar la omisión del mencionado requisito: p. 339.
,11.
La verificación y el pago del impuesto a los réditos adeu-
dado por el fallido con anterioridad a la iniciación del juicio
no dependen de que se lo solicite en las oportunidades y con las
formalidades que para los demás acreedores exige la ley 11.719,
porque es obligación de los síndicos y liquidadores, agentes de
la Dir. Gral. del Imp. a los Réditos para la percepción del gra-
vamen, realizar las gestiones necesarias para lograr aquellos
fines: p. 361.
'
IMPUESTO TERRITORIAL.
Ver: Constitución Nacional, 23; Impuestos, 5, 6.
IMPUESTOS INTERN'OS
(1).
Régimen represivo.
Defraudación
y simples infracciones.
1.
La condonación de multas a quie~es paguen el impuesto
omitido y los gastos, no impide la resolución del expediente res-
pecto a la procedencia de aquellas sanciones: p. 425.
2.
Basta la existencia de un act.o tendiente a defraudar
los
impuestos internos para que corresponda aplicar la pena del
arto 36, ley 3764 -27
del T. 0.-: p. 425. '
(1)
Ver también:
Prescripci6n,
10,
14;
Re!:l1r~o cxtraorc1inariQ,
1:>,22, 50, 62.