REOURSOEXTRAORDINARIO
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_704
Jueces
Barrera
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
INCONSTITUCIONALIDAD
Normas Citadas
ley 189
ley 12
Texto del Fallo
712
:r::)
REOURSOEXTRAORDINARIO
radú de oficio y sin audiencia del recurrente
al respeeto la
inconstitucionalidad
del arto 18 de la ley 189 tal como fué
reformado por el deGreto' 17.920/44, si la aplicación de esta
disposición traería
como consecuencia el mantenimiento de la
impqsición de costas hecha en la sentencia apelada por aplica-
ción del preceptó legal citado tal como era antes de la reforma,
porque la cuestión federal objeto del recurso tendría entonces
carácter teórico: p. 561.
11.
Es improcedente el recurso extraordinario
fundado
en'
objeciones constitucionales formuladas contra el régimen del
colegio de abogados que aplicó al recurrente
una corrección
disciplinaria y no contra su funcionamiento en el caso particu-
lar, si el letrado a quien!se impuso la sanción había, aceptado
dicho régimen al inscribirse en esa institución, aunque' haya
tenido que cumplir necesáriamente este requisito para poder
ejercer la profesión: p. 604.
Subsistencia
de los requisitos.
12.
Habiéndose levantado el estado de sitio mientras se subs-
tanciaba ante la Corte Suprema el habeas
corpus
sometido a
su conocimiento por medio del recurso extraordinario,
fun-
dado en el ejercicio inconstitucional por el P. E. de las fa-
cultades que dicho estado le acuerda, no corresponde dictar
pronunciamiento
algun'o sobre las cuestiones planteadas
sino
declarar improcedente dicho recurso extraordinario:
p. 15.
Requisitos
propios.
Ouestión federal.
Ouestiones
federales
simples.
Interpretación' de la Constitución Nadona!.
13.
Es admisible el recurso extraordinario
fundado en que
es improcedente por r~troactiva y violatoria del art.
17 de
la Consto Nacional, la aplicación de lo dispuesto en el art
36
de la ley 12,345 al dueño de un establecimiento industrial
en
el cual fué hallada, con posterioridad
a la sanción de dicha
ley, chapa de barrera para langosta introducida libre de dere-
chQSde importación con anterioridad
a aquélla: p. 289.
14.
Procede el recurso extraordinario
fundado en los arts, 14
y 18 de la Consto Nacional contra la sentencia denegatoria
del habe(ls corpus
deducido por el extranjero
cuya ~xpulsión
del país. según él, ha sido decretada por el P. E. sin darle
oportunidad de defenderse: p. 5.