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EXTRAORDINARIO

18/08/1944 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_706

Keywords / Subjects

PENSIÓN PRESCRIPCIÓN COMPETENCIA RECURSO EXTRAORDINARIO INCONSTITUCIONALIDAD

Cited Norms

ley 48 ley 11.923

Ruling Text

7140 , RECURSO EXTRAORDINARIO miento o el establecido para las causas criminales, anulando lo anteriormente actuado, para no dividir la continencia de la causa, es de Índole procesal: p. 304. Interpretación de otras normas 'Ya.ctos federales. 23. Es fundamental para la vida de la Nación, para el man- tenimient.o del orden público, la paz social y la estabilidad de las instituciones el resguardo de la integridad de las sentencias de la Corte Suprema. Su desconocimiento importa un agravio al ordlln constitucional, y cuando proviene de senteneias del tribunal superior mencionado por el art. 14 de la ley 48, auto- riza el recurso extraordinario: p. 614. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales. 24. No debiendo necesariamente concluirse que la sent.encia que se limita a rechazar la prescripción de la acción penal por ent.ender que, conforme a lo resuelto por la Corte Suprema en Fallos: 199, 617, el curso de la prescripción se suspende por la paralización de la causa resuelta por aplicación del arto 38 del Cód. de Proceds. Crim., importa' declarar la inconstituciona- lidad del arto 67 del Cód. Penal, puesto que cabe la posibilidad de que el tribunal apelado haya interpretado esta disposición en el sentido de que no se opone a la suspensión de la pres- cripción de la acción en las causas en que un obstáculo legal las paralice, corresponde declarar improcedente el recurso ex- traordinario fundado en que se ha invalidado el citado arto 67 del Cód. Penal: p. 75. 25. Procede el recurso extraordinario fundado en que el de- creto dictado por el P. E. Nacional el 18 de agosto de 1944 es' contrario al arto 10, 2Q, apartado, de la ley 11.923 y al art 17 de la ConstoNacional contra la sentencia que rechaza esa im- pugnación: p. 147. 26. Procede el recurso ext.raordinario fundado en la incons- ti,tucionalidad del décreto 3.362/45, contra la sentencia que admite su validez y rechaza, por ello, la excepción de incom- petencia de la justicia de paz letrada de la Cap. Federal dedu- cida por el recurrente que sostuvo la competencia de los tri- bunales ordinarios de 1Q. instancia: p. 513. Inconstitucionalldad de normas 'Yactos municipales 'Ypoliciales. 27. Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que admite la validez de una ordenanza impugnada por el recu- rrente como violatoria de la ConstoNacional: p. 562. I