EXTRAORDINARIO
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338
ID: fallos_338_713
Keywords / Subjects
QUEJA
IMPUESTO
APELACIÓN
RECURSO EXTRAORDINARIO
JURISDICCIÓN
NULIDAD
Cited Norms
ley 48
decreto 32.347
Ruling Text
; .
RECURSO
EXTRAORDINARIO
721
,
a los efectos del recurso extraordinario
que, por lo tanto, no
procede contra aquél: p. 261.
Varias.
62.
No es definitiva la sentencia que se limita a declarar la
nulidad de las resoluciones del Min. de Hacienda y del Adm.
de Imp. Internos
que impusieron multa
por aplicación del
arto 82 del texto ordenado de las leyes de impuestos internos,
así como del procedimiento contencioso seg1,1idoante la jus-
ticia federal con. mot.ivo de haber ocurrido a ella el supuesto
infractor
por la vía del arto 17 del mencionado texto legal, y
a disponer que' debe darse a la causa el procedimiento estable-
cido para los juicios criminales: p. 304.
Tribunal
superior.
'.
63.
Es improcedente el recurso extraordinario
contra el fallo
confirmatorio pronunciado por la Suprema Corte de la Prov.
de Bs. Aires en virtud del recurso de inaplicabilidad deducido'
contra la sentencia de una cámara de apelación aunque en.-
aquél se haya tomado en consideración la cuestión federal
planteada por el recurrente;
pues careciendo en realidad dicho
tribunal
de jurisdicción para decidir esa clase de cuestiones,
el recurso debió ser interpuesto contra el pronunciamiento de
la Cámara, que es la sentencia definitiva del superior tribunal
de la causa a que se refiere el arto 14 de la ley 48: p. 66.
64.
En el caso de acumulación de acciones, ei recurso extra-
ordinario
intentado
contra la decisión dictada sobre compe-
tencia en oportunidad
del arto 66 del decreto 32.347, ha sido
bien denegado respecto de aquéllas que exceden de mil pesos,
'porque en cuanto a las mismas dicha resolución no es la sen-
tencia del superior tribunal de la causa. Y habiéndose conce-
dido, en cambio, el recurso en cuanto a las acciones menores
de dicha suma, corresponde rechazar la queja-deducida:
p. .168.
Requisitos
formales.
Introducción
de la cuestión federal.
Forma.
65.
No plantea cuestión federal alguna la manifestaci6n de
que el recurso procede porque se debate la interpretación .de
una ley nacional ni la disconformidad genérica con los funda-
mentos de la resolución apelada y las que le sirven de ante-
cedente: p. ~13.
.-