RETROACTIVIDAD
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 338
ID: fallos_338_716
Voces / Materias
QUEJA
PROPIEDAD
APELACIÓN
PRESCRIPCIÓN
RESPONSABILIDAD
ADUANA
RECURSO EXTRAORDINARIO
JUBILACIÓN
DAÑOS Y PERJUICIOS
Normas Citadas
ley 50.
Texto del Fallo
724.
RETROACTIVIDAD
/
período, debe considerarse firme lo resuelto por aquélla sobre
ese punto: p. 531.
Tercera
instancia.
Causas
criminales.
3.
ProcedeJi los recursos ordinarios de apelación .interpuestos
por el Min. Fiscal y el denunciante contra la sentencia de UDa
cámara federal compuesta de tl'es miembros que deja sin efecto
una multa mayor de cinco mil pesos impuesta por la Aduana
a los que consideró responsables de la alteración del destino de
papel importado con franquicia: p. 310.
RECUSACION (l).
1.
La recusación con causa en que no se expresa cuál sea ésta,
ni se cumplen los requIsitos de los arts. 26
~7 27 de la ley 50. y
la recusación sin causa interpuesta en un recurso de queja,
deben desestimarse de plano: p. 161.
2.
Corresponde rechazar de plano las recusaciones manifies-
tamente improcedentes, comolo es la intentada sobre la base de
la actitud del propio peticionante -un
pedido de juicio polí-
tico-
después de dictada la sentencia final de la causa, y
en los procedimientos tendientes a obtener la reposici6n del se-
llado de la misma, aun no siendo el recurrente la parte que
trajo la queja, sino el letrado que la patrocinó :'p. 635.
REGISTRO DE LA; PROPIEDAD.
Ver: Daños y perjuicios, 4; Prescripción, 1.
RENUNCIA.
Ver: Constitución Nacional, 1; Recurso extraordinario, 11.
RESPONSABILIDAD
DEL ESTADO.
Ver: Daños y perjuicios, 1J 2, 3.
RETROACTIVIDAD.
Ver: Aduana, 9; Control de cambios,1; Jubilación de empleados
ferroviarios, 1; Prescripción, 8; Recurso extraordinario, 13, 25.
(1)
Ver también: Recurso extraordinario, 48.