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César Belluscio).

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 341 ID: fallos_341_8

Judges

Belluscio Caballero

Keywords / Subjects

CONTRIBUCIÓN VOTO DELITO

Ruling Text

12 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA de esa cooperación (Votos de los Dres. José Severo Caballero y Augusto César Belluscio). DELITOS CONTRA LA LIBERIAD. En el delito previsto en el art. 144 cuarto, inc. 1':', del Código Penal la pasividad del agente no tiene que haber respondido al propósito de consentir la tortura ya que en tal caso, no sería autor de, este delito, sino partícipe necesario del delito de tortura, pues habría pres- tado una colaboración consistente en no cumplir la lobligación de ac- tuar Que pesaba sobre él para así facilitar o posibilitar la realización del hecho (Votos de los Dres. José Severo Caballero y Augusto César BcIluscio), DELITOS CONTRA LA LIBERTAD. La conducta prevista en el arto 144 quinto del Código Penal es culposa, porque si se tratare de una omisión connivente, y por lo tanto inten- cional, haría responder al autor como partícipe necesario del delito de torturas, en razón de la mayor jerarquía punitiva de esta figura (arts. 144 tercero y 45 del Código Penal) pero igualmente el autor tiene res. ponsabilidad autónoma originada en su omisión, no obstante la "vin- culación de su delito con el resultado de tormentos (Votos de los Dres. José Severo Caballero y Augusto César BelIuscio). DELITOS CONTRA LA LIBERTAD. Ante la insuficiencia de las normas que reprimían la tortura y por ser conveniente ampliar Jos hechos previos a ésta, pero vinculados causal- mente en forma dolosa o culposa, el lcgisl,ador ha creado figuras inter- medias que no reconocen l,a autoría mediata. porque en el sistema del Código Penal son suficientes las reglas de la participación: arts. 45 y concordantes (Votos de los Ores. José Severo Caballero y Augusto César Belluscio). ' ' PARTICIPACION CRIMINAL. Al emitir Jos procesados las órdenes verbales secretas 'c ilcgales para combatir el fenómeno terrorista .. como así también "al proporcionar a sus ejecutores directos los medios necesarios para cumplirlas, ascgu- rándoles que luego de cometidos los delitos no senan pcrseguidos ni deberían responder por eUos, garantizando su impunidad. han realizado una cooperación necesaria consistente en la contribución a~ordada con otros partícipes para la comisión del' hecho; es decir, que en el iter criminis, su actividad coadyuvó a 'la realización del delito, bien enten~