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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 341 ID: fallos_341_67

Voces / Materias

COSA JUZGADA

Texto del Fallo

\ DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 71 se encontraba viciada por violencia. A su vez, el Fiscal mantuvo su acusación afirmando que la cosa juzgada no podía constituir el mo- do de poner el- broche final a un crimen perfecto. La aserción de Villani no aparece suficientemente investigada -tomando en cuenta, además, que contó con patrocinio ,letrado en su presentación- para fundar una decisión acerca de que se trate de una sentencia fraudulenta, como se limita a insinuar el Señor Fiscal. Considera el Tribunal, en consecuencia, que la excepción ex- pue"sta debe prosperar. SEGUNDO Antecedentes y desarrollo del sistema general en el que se integran los hechos CAPITULO 1 (Cuestiones de hecho Nros. 1 y 2) • El fenómeno terrorista tuvo diversas manifestaciones con dis~ tintos signos ideológicos en el ámbito nacional con anterioridad a le década de 1970,pero es este ,año el que marca el comienzo de un período que se caracterizó por la generalización y gravedad de la agresión terrorista evidenciadas, no sólo por la pluralidad de ban- das que aparecieron en la escena, sino también por el gran número de acciones delictivas que emprendieron e incluso por la especta~ cularidad de muchas de. ellas. Sobre esta ubicación temporal coinciden puntualmente todos los. informes requeridos por el Tribnnal y l~ bibliografía aportada a la causa de donde, con alguna diferencia de matiz, se desprende que los principales grupos aparecieron públicamente en forma. casi simultánea entre los años .1969y 1970,aunque se indica que alguna de estas bandas venían gestándose desde varios años antes (con- forme fs. 318, 386, 475 Y 486 del cuaderno de prueba de la defensa