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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
LABORAL_SEGURIDAD_SOCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_103

Voces / Materias

PENSIÓN JURISDICCIÓN ROBO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 107 vándalo de infraestructura, aislándolo 'de la población y causándole importantes bajas y disminución de capacidad, obteniendo por su . parte un adecuado, control del territorio y de la población. La or~en parcial n? 405/76, del 21 de mayo, consigna que "el Ejército posee documentación capturada al enemigo que dice textualmente esta guerra conducida por. las F.F. A.A. comenzó a desarrollarse hace unos meses (setiembre de 1975). poniendo en marcha una campaña de cerco .y aniquilamiento. La campaña fue planteada combinando el cerco político con el aniquilamiento militar. Las F.F. A.A. han lo- grado importantes victorias en el interior del país. Córdoba, Men- daza, Noroeste y Litoral son ejemplos evidentes". Las organizaciones subversivas en sus publicaciones reconocen, a pesar de un notable esfuerzo propagandístico por restarles im- portancia, los daños que les infligieron las acciones ordenadas por el gobierno constitucional. Así el ejemplar "El Combatiente" de febrero de 1976, titulado "A un año del Operativo Independencia en , Tucumán" (prueba documen!al n? 13 del cuaderno de Viola), indica que la única táctica posible frente a la gran concentración de tro- pas en la zona de Tucumán es la de la guerra prolongada. 2?) Corrobora que esos medios no aparecían como manifie'sta- mente insuficientes la circunstancia de q~e la política legislativa aplicada al fenómeno subversivo por el gobierno constitucional, no sufrió cambios sustanciales después de su derrocamiento, aunque en lugar de usar en plenitud tales poderes legales, el gobierno mili. tal' prefirió implementar un modo clandestino de represión. Las leyes dictadas fueron: 21.259, sobre expulsión de extranje- ros; 21.260, que autorizaba a dar de baja a empleados públicos vin- culados a actividades subversivas; 21.264, sobre represión de sabo- taje y est,!blecimiento de jurisdicción militar para sus infractores; 21.268, sobre armas y explosivos; 21.269, sobre prohibición a acti- vidades de algunas agrupaciones políticas marxistas; 21. 275, sobre suspensión de derecho de opción para salir del país; 21.313, sobre extensión de la jurisdicción de los jueces nacionales a los estable- cimientos o lugares donde fueran trasladados por razones de segu. ridad los procesados y los detenidos en virtud del estado de sitio;